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Cultura definió día y hora de reunión ordinaria

La Comisión de Cultura, Educación, Culto y Deportes se reunió esta mañana en la sala de reuniones de la Vicepresidencia segunda, y definió que los días de sesión ordinaria serán todos los  lunes, a las 12: 00 horas.

Comisión de Cultura 1

Conformaron su mesa directiva, con la senadora Blanca Ovelar como presidenta, Esperanza Martínez como vicepresidenta y Mirta Gusinky, como relatora. Sus miembros son los legisladores Hermelinda Ortega, Enrique Salyn Buzarquis, Dionisio Amarilla y Derlis Osorio.

Además, analizaron en asuntos varios, el Proyecto de Ley “Educar para Recordar – Holocausto, Paradigma del Genocidio”, presentado por varios Diputados Nacionales.

Comisión de Cultura 2

El mencionado Proyecto de Ley tiene por objeto incluir el Holocausto, Paradigma del Genocidio como tema de estudio, reflexión y debate, en los programas de educación en todas las escuelas y colegios, sean estos públicos o privados, y como cátedra transversal en las distintas universidades del país; con fundamento en la Resolución No. 60/7, del 1º de noviembre de 2005 y la Resolución No. 61/255 del 22 de marzo de 2007, emanadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas; en concordancia con las características, los fines y los propósitos de la educación y del Sistema Educativo Nacional, establecidos en el Preámbulo, en los Artículos 73, 74, 75, 76 y 79.

El documento legislativo tiene como finalidad educar a las presentes y futuras generaciones acerca de la barbarie del genocidio nazi, como una forma de generar reflexión sobre el valor de la vida y la dignidad humana, con el fin de que tomen conciencia de las consecuencias de la discriminación e intolerancia, y nunca más acaezcan crímenes contra un grupo de personas por discriminación racial, étnica, lingüística, cultural, idiomática, de género, religiosa o de cualquier otro orden.

Para los efectos, se entiende por Holocausto la persecución y asesinato sistemático burocráticamente organizado y auspiciado por el Estado Alemán, de aproximadamente seis millones de judíos durante la segunda guerra mundial, como consecuencia de la decisión del nazismo de exterminarlos por su presunta inferioridad racial, conocido bajo el eufemismo de “solución final al problema judío”. En ese genocidio fueron incluidos otros grupos minoritarios como los gitanos, testigos de Jehová, izquierdistas, homosexuales, opositores políticos, prisioneros de guerra, disminuidos mentales y el resto de la población no considerada “pura”.

El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), como ente rector y regulador de la educación en la República del Paraguay, incluirá el contenido “Holocausto, Paradigma del Genocidio” en los programas de educación de las escuelas y colegios públicos o privados (Educación Escolar Básica, y Educación Escolar Media). Para tal fin impartirá las directrices que sean necesarias dentro del ámbito de su competencia y respectivas facultades.

Por otra parte, el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), como órgano responsable de proponer y coordinar las políticas y programas para el desarrollo de la Educación Superior en la República del Paraguay, incluirá como cátedra transversal en las universidades (Educación Superior). Para tal fin impartirá las directrices que sean necesarias dentro del ámbito de su competencia y respectivas facultades.

El Ministerio de Educación y Ciencias, así como el Consejo Nacional de Educación Superior, en el marco de sus facultades legales, regularan la intensidad horaria, y el área, módulo o cátedra a la que corresponda la enseñanza de ‘Holocausto, Paradigma del Genocidio” como objeto de la presente Ley.

En cuanto al contenido, que deberá ser desarrollado en las escuelas, colegios públicos o privados y en las universidades, deberá permitir a los estudiantes adquirir conocimientos acordes a su edad y nivel académico, abarcando:

1- El genocidio;

2- Origen e historia del Holocausto;

3- Contextos histórico, político, económico y social de esa masacre humana;

4- Comparación del Holocausto con otros genocidios;

5- Sus repercusiones; y

6- Principios, derechos y valores comprometidos con el Holocausto.

7- Identificación de las causas, acciones a nivel individual, decisiones políticas y escenarios que, en criterio de la Organización de Naciones Unidas corresponderían a señales de alarma o precursores de un genocidio.

8- Formulación del plan de acción hipotético con las posibles soluciones que, en el ámbito personal, familiar, social, académico y político se podrían adoptar para prevenir un genocidio y cualquier otro atentado grave contra los derechos humanos.

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