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Analizan artículo 11 de las causales de enjuiciamiento para magistrados judiciales

La Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma de las Leyes que regula el funcionamiento del Poder Judicial, presidida en la fecha por la senadora Desirée Masi, continuó el análisis el Proyecto de Ley “Que regula el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”.

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En la fecha se analizó el artículo 11 de las causales de enjuiciamiento para magistrados judiciales, los incisos 5, 6 y 7 respectivamente. En ese sentido, el Abg. Enrique Kronawetter explicó lo que se discutía en la Comisión con respecto a que el retardo de justicia constituirá un mal desempeño de funciones.

El Abogado indicó que la propuesta del Poder Ejecutivo es “cuando se hayan admitido dos quejas por retardo de justicia y se le haya fijado un plazo al juez moroso, y a pesar del plazo que se le fijó para que resuelva lo que ya constituye un retardo aun así incumpla”.

Mencionó el Abog. Kronawetter que el representante de la Corte Suprema de Justicia, dijo que puede haber casos fortuitos o casos de fuerza mayor.

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 “Lo que nosotros respondimos por lo menos del Poder Ejecutivo que eso se puede ejercer en el marco de un juicio, pero la causal objetiva es dos quejas admitidas y que señalan plazos para que resuelvan y a pesar de eso no lo hacen, y en todo caso en el marco del Jurado de Enjuiciamiento, cuando hay un juicio ahí expliquen porque no lo hicieron a pesar de que se les ha señalado o combinado un plazo para hacerlo, eso motivo a mucha discusión y hoy quedamos con dos textos”, expresó.

Finalmente, agregó el profesional, que quedaron conformes en que se establezcan las excepciones como causa de justificación del incumplimiento de los plazos, que es una redundancia, pero es una propuesta que va tener que ser analizada por el Pleno de la Cámara de Diputados y Senado.

El encuentro tuvo lugar en la sala de sesiones del Senado, donde participaron, además, representantes del Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Defensoría Pública y la Fiscalía.

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