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Trabajo infantil y criadazgo analizarán en mesa de trabajo

La Comisión de Equidad y Género, que preside la senadora Mirta Gusinky, resolvió en su reunión ordinaria de la fecha, conformar una mesa interinstitucional, de manera a estudiar el proyecto de Ley “Que tipifica el trabajo infantil peligroso y el criadazgo”, remitido por el Poder Ejecutivo el 10 de noviembre del 2016.

Comisión de Equidad del 10 de noviembre del 2020 2

La propuesta de integrar esta instancia de trabajo surgió de los invitados que estuvieron en la fecha, como las ministras Teresa Martínez, de la Niñez y Adolescencia y Carla Bacigalupo, de Empleo y Seguridad Social, respectivamente; Aníbal Cabrera, director ejecutivo de la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA); Sonia Von Lepel, responsable del área de vigilancia de dicha institución; Marta Benítez, directora de Global Infancia y otros representantes de la sociedad civil.

Los citados, a más de ofrecerse para formar parte de la mesa, aconsejaron involucrar igualmente a otras instituciones, como la Unicef, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los centros municipales, las Codenis y otros.

A su turno, la senadora Hermelinda Alvarenga, sostuvo que otra institución que no puede faltar en dicho análisis es el Ministerio de Educación, puesto que son las maestras las que primero detectan, generalmente, los casos de violencia y maltrato que sufren los niños en esta situación de criadazgo.

Comisión de Equidad del 10 de noviembre del 2020 1

La intención de la mesa de trabajo será lograr un proyecto de Ley integral que brinde un abordaje, desde la prevención, y donde las sanciones se establezcan en último caso. Asimismo, analizar todo las legislaciones existentes en esta materia.

ANTECEDENTE

En la exposición de motivos del proyecto analizado se destaca que el país fue observado por otros organismos especializados de las Naciones Unidas, sobre la necesidad de erradicar la práctica del criadazgo y de que se tipifique como delito en la Ley.

Además, señala que el pedido se concentra en el compromiso que, como Estado y sociedad, se debe asumir de proteger a los niños y adolescentes de cualquier tipo de trabajo o actividad que ponga en peligro o dañe su normal desarrollo físico, mental o moral.

En ese sentido, la norma propuesta tiene por finalidad definir y sancionar, esta arraigada práctica cultural y social en nuestro país.

El documento, en su segundo artículo, indica que aquel que expone o acoge a un niño, niña o adolescente, con fines de crianza, a residir en un casa u otro lugar de residencia o habitación particular que no sea el del padre, madre, tutor o guardador, sin una orden judicial que lo autorice, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos (2) años o multa.

Misma pena será para los que exponen a un niño o a una niña a una actividad laboral, o se aprovecha económicamente del trabajo de los mismos.

Finalmente, el documento indica que cuando en los casos señalados, en los incisos anteriores, el autor pusiera a la víctima en peligro para su vida o su integridad física, se aplicará una pena privativa de libertad de hasta cinco (5) años o multa.

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