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Comisión de Reforma emite dos dictámenes

La Comisión de Reforma Agraria y Bienestar Rural, que preside el senador Sixto Pereira Galeano, sesionó este miércoles 06 de junio, en su reunión ordinaria de manera a dar análisis a los proyectos de leyes que figuran en el orden del día para el jueves 7 de junio.

reforma

Como primer punto, la Comisión aconseja aprobar con modificaciones el Proyecto de Ley “De restauración y promoción de la agricultura familiar”, presentado por los senadores Enrique Bacchetta, Blanca Ovelar, Juan Carlos Galaverna y Mario Abdo Benítez.

Otro Proyecto de Ley aprobado con modificaciones es el que se refiere al “Marco de soberanía, seguridad alimentaria y nutricional y derecho a la alimentación”, presentado por los senadores Carlos Filizzola, Sixto Pereira, Hugo Richer, Fernando Lugo y Esperanza Martínez.

Esta Ley tiene por objeto establecer una política de Estado que garantice  el derecho humano a la alimentación adecuada para toda la población, logre y fortalezca la seguridad alimentaria y nutricional y la soberanía alimentaria, en forma progresiva y sin regresiones.

Del carácter: La materia que esta ley regula se considera estratégica y prioritaria para el desarrollo nacional, siendo sus disposiciones de orden público.

Definiciones. A los efectos de la interpretación y aplicación de esta Ley, los términos en ella utilizados se entienden como seguidamente se definen:

a. Derecho a la alimentación adecuada: es un derecho fundamental de la población el cual se ejerce cuando toda persona, sin discriminación, tiene acceso físico y económico  en todo momento, a la alimentación adecuada o a los medios para obtenerla e implica:

• Existencia de alimentos inocuos y nutritivos;

• Respeto a las preferencias alimentarias de acuerdo a la cultura y tradición de la sociedad;

• Capacidad de producción y disponibilidad suficiente de alimentos, potenciando la producción nacional de alimentos diversificado;

• Producción de alimentos ambientalmente sostenibles;

• Costos accesibles de alimentos básicos; y

• Modos de acceso acordes a la dignidad humana.    

b. Seguridad alimentaria: Existe cuando las personas tienen, en todo momento, acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos, que satisfagan sus necesidades energéticas diarias y preferencias alimentarias para llevar una vida activa y sana.

c. Soberanía alimentaria: Derecho de cada pueblo a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos, que garanticen el derecho a la alimentación de toda la población, priorizando la pequeña y mediana producción, respetando sus propias culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental.

d. Sustentabilidad: La capacidad de una sociedad humana de apoyar el mejoramiento continuo e integral de la calidad de vida de sus miembros, preservando el medio ambiente para las generaciones futuras.

e. Sostenibilidad: Es la permanencia de los procesos en el tiempo, sin merma de los recursos existentes.

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