Dictamen de aprobación al acuerdo para combatir la trata de personas

Imprimir

El senador Gilberto Apuril, presidente de la Comisión de Derechos Humanos, encabezó la reunión en donde se analizó el acuerdo entre la República del Paraguay y el Estado Plurinacional de Bolivia, para fortalecer la lucha contra la trata de personas y delitos conexos; entre otros puntos.

WhatsApp Image 2021 09 15 at 09.13.25

Integrantes de la comisión en la reunión virtual. 

El documento fue presentado por el Poder Ejecutivo y tiene como objetivo generar acciones de cooperación y coordinación entre las partes para combatir la trata de personas y delitos conexos, a través de mecanismos de prevención, protección, asistencia, persecución penal, y la reintegración de las víctimas.

Esta acción permitirá a las instituciones de aplicación activar los mecanismos que sean necesarios para llevar adelante los programas y protocolos de actuación ante casos confirmados de trata, la concreción de módulos y programas de capacitación y socialización de actores y sociedad civil, monitoreo en frontera, el intercambio de experiencias, cooperación entre fuerzas públicas, entre otras medidas que faciliten la prevención investigación y sanción en contra de este delito transnacional.

Además, el acuerdo contempla el desarrollo de programas y proyectos conjuntos de capacitación, concientización, socialización, sensibilización y fortalecimiento institucional en la materia, a través de medidas específicas y, asimismo, el desarrollo de programas conjuntos de sensibilización en sectores académicos, escolares, empresariales, del transporte terrestre y aéreo, turismo, entre otros, a fin de desalentar la demanda que propicia cualquier forma de explotación conducente a la trata de personas y delitos conexos.

Los miembros de la Comisión dictaminaron por la aprobación de este proyecto, que prevé, la cooperación y comunicación entre instituciones competentes, a fin de habilitar canales seguros y flujos de comunicación para la persecución y sanción penal de delitos, así como otras formas de cooperación y asistencia mutua.

Por otra parte, se trató el proyecto de Ley “Que modifica el artículo 15 de la Ley N° 5508/15 ‘De protección de la maternidad y el apoyo a la lactancia materna”, presentado por el senador Eusebio Ramón Ayala.

El documento sugiere la modificación del Artículo 15 de la Ley N° 5508/15, estableciendo la inamovilidad laboral hasta 1 año después del nacimiento o adopción de su hija/o, cuando el padre trabajador justifique que su cónyuge o pareja está embarazada, gozando la misma protección de la trabajadora embarazada, desde el momento que notifique el embarazo de su pareja a la patronal.

La propuesta legislativa se funda en la necesidad de adecuar la legislación nacional vigente en la materia al principio de igualdad y no discriminación garantizados en los Artículos 46, 47, 48 de la Constitución Nacional, donde se reconoce al hombre y a la mujer con los mismos derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, teniendo como objetivo o finalidad la protección y salvaguarda de las garantías de la infancia.

Cabe destacar, que actualmente la Ley 5508/15 confiere al padre trabajador una licencia de dos semanas por el nacimiento de un hijo, con goce de sueldo a cargo del empleador.

El proyecto fue postergado por los integrantes de la Comisión.