En el trascurso de la mañana de este viernes, los senadores Enrique Bacchetta Chiriani y Fernando Silva Facetti, juraron como miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), representando a la Cámara de Senadores luego de ser designados por el Pleno.
Para la ocasión, el presidente del JEM, Dr. Cristian Kriskovich, procedió a la toma del juramento, en las instalaciones de la mencionada institución.
“Son varios años que me debo a este cuerpo, primero a mis colegas que me apoyaron que retorne, también al presidente del Jurado, porque el compañero Facetti tiene una misión parlamentaria el martes, entonces debíamos hacerlo antes, para que él pueda ir sin compromisos pendientes, por eso se adelantó”, expresó el senador Enrique Bacchetta al término del acto.
El legislador afirmó que cumplirá las funciones que le fueron encomendadas, juzgando con objetividad el trabajo de los magistrados.
“Siempre hay denuncias, muchas veces infundadas, otras veces con razón, pero les puedo asegurar que no nos va temblar el pulso a la hora de tener que juzgar con objetividad cada caso que se presente”, dijo el Senador, quien ya ocupó el cargo durante cinco años hasta que se retiró por voluntad propia para hacer campaña política como candidato a legislador. “Hoy retorno con toda la esperanza de poder cumplir nuevamente a cabalidad y estar a la altura de las funciones que nos honró la Cámara Alta”, puntualizó.
En el mismo sentido, el senador Fernando Silva Facetti, expresó que continuarían con la temática de transparencia en las instituciones públicas, que se viene implementando hace unos años.
“Lo que pretendemos aquí es seguir con la corriente de transparencia que se han presentado en otras instituciones, tratar de satisfacer las expectativas de la ciudadanía con respecto a una justicia que como manda la Constitución debe ser pronta, barata y honesta”, declaró.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados es un órgano creado en la Constitución Nacional, cuya atribución básica y principal consiste en enjuiciar y remover a los Magistrados Judiciales, Agentes Fiscales, incluyéndose por Ley N° 4423/2011 Del Ministerio de la Defensa Pública (sujeta a reglamentación) a los defensores públicos y al Defensor General, por la comisión de delitos o mal desempeño de sus funciones definidos en la Ley reglamentaria y las leyes concordantes. No comprenden la competencia del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados los miembros de la Corte Suprema de Justicia y el Fiscal General del Estado.
Componen el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados: art 253 de la C.N., dos Ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos Miembros del Consejo de la Magistratura, dos Senadores y dos Diputados.