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Plantean modificación de la Ley de Tránsito

El senador Fernando Silva Facetti planteó en la fecha, la modificación de la Ley 5016/14 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, sobre conducción en estado alcohólico.

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El parlamentario explicó que se modificó el código penal en lo referente a la responsabilidad penal y la responsabilidad administrativa, de aquellas personas que conducen bajo los efectos del alcohol o algún tipo de otra sustancia que altere la capacidad de concentración de las personas al volante.

Añadió que dentro de esta discusión una de las causas en donde intervino la fiscalía el afectado recurrió a un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia y en diciembre de 2018 la Corte Suprema, a través de una sentencia resolvió no sancionar a la persona debido a que la interpretación del código de las sanciones penales debe ser lo suficientemente claras, y nuestra ley actual adolece de una laguna con respecto a esto, manifestó el legislador.

Aclaró que un hecho punible no se puede presumir, “tiene que estar expresamente establecido y a lo que se refiere al artículo 113 de la Ley de la Agencia Nacional del Tránsito que modifica el código penal al delito de exposición de riesgo en la conducción no tenían elemento cuantitativo es decir no está establecido el porcentaje del alcohol que se debería tener en cuenta para que la fiscalía intervenga”, refirió.

Mencionó que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que hace un análisis profundo de la legalidad y la constitucionalidad de nuestras leyes por el costo y por el daño que representa “requieren una solución inmediata”

Por este motivo, resolvieron modificar tres artículos de la actual Ley vigente. El Articulo N° 111 donde se establecía faltas leves proponen pasar directamente a faltas graves para enviar un mensaje claro con respecto a la tolerancia que va tener el Estado a la gente que maneja bajo los efectos del alcohol.

Se entenderá por faltas graves intoxicación alcohólica de 0.001mmg de alcohol en aliento a 0.99 mmg, mientras que en la sangre es grave de 0,1 a 0,399 y establecieron faltas gravísimas, de 0,200 a 0,799 mmg de alcohol en aliento y de 0.400 a 1.599 mmg de cantidad de alcohol en sangre, sotuvo el legislador, quien estuvo acompañado por la Sra. Carmen González de Porro, directora de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV).

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