Hasta la energía del embalse de Itaipú debe ser 50/50, sostiene el Parlasur

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En el aporte que realiza el Parlamento del Mercosur al proyecto de ley del senador Víctor Ríos referido al tratado de Itaipú, se propone que "la energía producida por el aprovechamiento hidroeléctrico será dividido en partes estrictamente iguales, para todo tipo de energía producida por Itaipú, incluyendo a lo contenido en el embalse (producida por debajo de la cota) y a toda la energía asociada a la potencia contratada entre las dos partes”. El tema proseguirá su estudio en una reunión prevista este miércoles, a las 9:00 horas, en sede de la Biblioteca del Congreso Nacional. 

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Se plantea en la propuesta legislativa la sustitución del derecho de adquisición por el derecho de preferencia. Esto hará que Paraguay pueda vender a terceros países y Brasil solo podrá acceder a dicha energía si iguala el precio ofertado por otro país.

Para tratar esta contribución a la propuesta del senador Ríos, este miércoles 04, a las 9:00 horas, en el Biblioteca del Congreso Nacional, se reunirán los miembros de la Comisión Especial sobre Hidroeléctricas, presidida por el parlamentario Ricardo Canese y cuyos miembros son Blanca Lila Mignarro, Nelson Argaña, Neri Olmedo y Enzo Cardozo, quienes estuvieron en el debate inicial la semana pasada.

En el año 2023, según el propio Tratado, puede ser reformulado el Anexo C del mismo, referido al costo de la energía. De tal modo a dar un marco a las tratativas que lleva adelante el Ejecutivo con el gobierno brasileño, se plantear crear una ley, que limite las atribuciones del gobierno central, en función a la defensa de la soberanía nacional.

Así, el proyecto de ley se denomina “Que establece las condiciones para la firma de la revisión del Anexo C de Itaipú Binacional, entre los gobiernos de la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil”.

En relación al artículo XIII, cuyo texto está expuesto más arriba, en la última parte también se señala que “cada una de las Altas Partes dispondrá libre y soberanamente de la parte que le corresponde en la igual división de todo tipo de energía que disponga Itaipú”.

El artículo 1° establece que “El Congreso Nacional aprobará y ratificará la firma de la revisión del Anexo “C” de Itaipú Binacional entre los gobiernos de la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, con las siguientes modificaciones” e inicia la seria de disposiciones sobre el Anexo C.

LA MEJOR OFERTA

La modificación sugerida en relación al Artículo XIV, indica que las partes podrán exportar a terceros países terceros países, “pudiendo exportarla (la energía) en este último caso a entidades o empresas de cualquier naturaleza, sin limitación alguna, salvo la de permitir a su contraparte, ELETROBRAS o ANDE, respectivamente, que iguale la mejor oferta recibida por la parte en cuestión…”. Con ello, se recupera el espíritu del Acta de Foz de Iguazú, de 1967, del derecho de preferencia, en vez del firmado en el Tratado, en 1973, que establece el derecho de adquisición.

Estos y otros aspectos contemplan el aporte del Parlamento del Mercosur a la propuesta del senador Víctor Ríos. El legislador recibió en estos días esta propuesta de la delegación paraguaya y aseguró que incorporará el texto sugerido a su moción inicial.