La Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, presidida por el senador Silvio Ovelar, en compañía de los líderes y vice líderes de Bancada, estableció los puntos que formarán parte del orden del día para la sesión extraordinaria del día martes 14 de agosto.
Entre los puntos destacados se puede mencionar la convocatoria del ciudadano Enrique Riera, para la toma de su juramento como Senador de la Nación.
Ingresará en reemplazo del senador Luis Castiglioni, quien solicitó un permiso al pleno a fin de asumir el cargo de Ministro de Relaciones Exteriores (RR.EE.), nombrado por el futuro presidente de la República, Mario Abdo Benítez.
Reconocimientos
Será puesto a consideración del pleno, por un lado el reconocimiento a la destacada trayectoria del guionista Robín Wood, nacido en la Colonia Cosme del departamento de Caazapá, reconocido guionista de historietas paraguayas, condecoradas mundialmente por series como Nippur de Lagash y Dago, realizadas principalmente para la editorial argentina Columba. Ha creado más de 95 personajes y 10.000 guiones de historietas.
Debido a la gran producción de Wood, las cuatro grandes revistas de la editorial Columba (El Tony, Intervalo, Fantasía y D’Artagnan) se llenaron de historias suyas, por lo que tuvo que inventarse distintos seudónimos para que su nombre no se repitiera en el índice de cada revista. Así surgieron Mateo Fussari, Robert O’Neill, Noel Mc Leod, Roberto Monti, Joe Trigger, Carlos Ruiz, Rubén Amézaga y hasta Cristina Rudlinger; todos ellos nombres falsos tras los que se ocultaba Robin Wood.
Su producción se divide en dos etapas: la primera y clásica, en Argentina; y una segunda etapa que continua actualmente, en la que Wood trabaja y vive principalmente en Europa.
En el mismo sentido, será abordado por los senadores el Proyecto de Resolución por el cual se rendirá un homenaje y reconocimiento al Padre Aldo Trento, quien es fundador de la Fundación San Rafael
La misma, asiste a personas diagnosticadas con VIH, cáncer, niños en situación de abandono o víctimas de violencia. Entre las obras de la comunidad se encuentran "La Casita de Belén", "La Casa de la Divina Providencia", y el "Centro de Ayuda a la Vida". También brinda educación escolar básica y talleres profesionales a niños y jóvenes de escasos recursos.
La Fundación es sostenida por la Divina Providencia, que se vale de la caridad de amigos, según se divulga en su página web oficial.
Por último, podemos mencionar el Proyecto de Ley "Que modifica la Ley No 1.334/98 'De defensa del consumidor y del usuario' y establece mayor claridad y transparencia en la información sobre operaciones de crédito".
La presente Ley tiene por objetivo modificar los Artículos 4°, 6°, 10°, 15° y 29° de la Ley 1.334/98 "De Defensa del Consumidor y del Usuario".
Específicamente el Artículo 10° del mencionado documento legislativo, señala que los precios de productos o servicios, incluidos los impuestos, deberán estar indicados con precisión en la oferta, en la moneda de curso legal en el país.
En el caso de las ofertas a ser financiadas a plazos, independientemente del tiempo que abarque la financiación, se deberá indicar la información correspondiente a la Tasa Anual Efectiva (T.A.E.)
La normativa legislativa, en la modificación del Artículo 15 de la Ley 1.334/98 "De Defensa del Consumidor y del Usuario", suscribe que salvo que por la naturaleza del servicio no se requiera, el proveedor de servicio deberá asegurar en forma clara, correcta y precisa, las siguientes informaciones:
- a) nombre y domicilio del proveedor del servicio;
- b) la descripción del servicio a prestar;
- c) la calidad del servicio a prestar;
- d) una descripción de los materiales, implementos y tecnología a emplear;
- e) el precio, incluidos los impuestos, su composición cuando corresponda, y la forma de pago;
í) plazo de validez del presupuesto y plazo de validez del servicio;
- g) los riesgos que el servicio pueda ocasionar para la salud o seguridad;
- h) alcance y duración en el caso de otorgarse garantía contractual;
- i) la información sobre la Tasa Anual Efectiva (T.A.E); y
- j) cualquier otra información que sea esencial para decidir la relación de consumo.
Por otra parte, el Artículo 29; en las operaciones de crédito para la adquisición de productos o servicios deberá consignarse, bajo pena de nulidad, cuanto sigue:
- a) el precio al contado del bien o servicio en cuestión;
- b) el monto de los intereses, las tasas anuales o mensuales a que éstos se calculan así como la tasa de interés moratoria;
- c) cualquier recargo sobre el precio por comisión, gastos administrativos, tasas, etc.;
- d) el número de pagos a efectuar, así como su periodicidad;
- e) la suma total a pagar por el producto o servicio, la que no podrá superar al precio al contado más los intereses;
- f) los derechos y obligaciones de las partes en caso de incumplimiento.
- g) la Tasa Anual Efectiva (T.A.E.).
Según expresó la senadora Esperanza Martínez, el orden del día continuaría con varios pedidos de informes, designaciones de Senadores en comisiones especiales y otros temas que no serían conflictivos.