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Comisión de Obras analizará Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay – Paraná

La Comisión de Obras Públicas y Comunicaciones, que preside el senador Juan Eudes Afara, sesionará de forma ordinaria a las 11:00 hs, en la sala de reuniones de la Presidencia del Senado.

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En la ocasión, figura como único punto a estudiar el Mensaje del Poder Ejecutivo Nº 154 de fecha 13 de marzo de 2019, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, por el cual remite el “Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay – Paraná (Puerto de Cáceres – Puerto de Nueva Palmira”, suscripto en la ciudad de Asunción, Paraguay el 9 de marzo de 2018.

Sobre el Acuerdo

Cabe señalar que el Comité Intergubernamental de la Hidrovía Paraguay-Paraná, en su XLV Reunión Ordinaria celebrada en Asunción el 22 de febrero de 2018, acordó atribuir vigencia indefinida al Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra a partir del 13 de febrero de 2020, mediante la adopción del Octavo Protocolo Adicional a dicho Acuerdo. Esto contribuirá con la previsibilidad, estabilidad y seguridad jurídica necesarias para las inversiones que se realizan en la Hidrovía Paraguay-Paraná (HPP), en beneficio de los países que la integran.

Asimismo, es importante resaltar que el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra sobre Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná y sus seis Protocolos Adicionales fueron suscritos en el Valle de Las Leñas, Argentina, el 26 de junio de 1992, por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay, al amparo del Tratado de Montevideo 1980 que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Posteriormente, se suscribió el Séptimo Protocolo Adicional en la ciudad de Montevideo, el 9 de diciembre de 2004. Este último prorrogó, a partir del 13 de febrero de 2005 y por un periodo de quince (15) años, la vigencia del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra.

El mencionado Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra, que consta hasta la fecha de ocho Protocolos Adicionales y catorce Reglamentos, establece un marco normativo común para el transporte por la Hidrovía Paraguay-Paraná y ha venido favoreciendo el desarrollo, modernización y eficiencia de las operaciones de navegación y transporte comercial en la región. 

Sobre el particular, y en vista de los auspiciosos intercambios con los países vecinos, se considera que el momento es oportuno para la integración del protocolo de referencia a la legislación nacional. La puesta en vigor de este instrumento otorgará una mayor previsibilidad al Programa de la Hidrovía Paraguay-Paraná, instancia que regula la navegación y el transporte fluvial y ratifica el compromiso de los países que integran el sistema de la Cuenca del Plata de avanzar en la integración física regional.

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