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Comisión aprueba acuerdo con Bolivia para combatir la trata de personas y delitos conexos

El senador Fernando Lugo encabezó la reunión de la comisión de Prevención, Lucha contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, que se llevó a cabo este miércoles de manera virtual. Lo acompañó su colega legislador Gilberto Apuril.

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Senadores miembros durante la reunión de comisión 

En la ocasión, se trató el proyecto de Ley “Que aprueba el acuerdo entre la República del Paraguay y el Estado Plurinacional de Bolivia para fortalecer la lucha contra la trata de personas y delitos conexos”.

El documento fue firmado en la ciudad de La Paz, el 12 de junio de 2019 y su principal objetivo es generar acciones de cooperación y coordinación entre las partes, a fin de combatir la trata de personas y delitos conexos, a través de mecanismos de prevención, protección, asistencia, persecución penal, y la reintegración de las víctimas.

Desde Paraguay, las entidades responsables serán las integrantes de la mesa interinstitucional para la Prevención y Combate de la Trata de Personas y por el país vecino, las instituciones miembros del Consejo Plurinacional contra la Trata y Tráfico de Personas.

Ambas organizaciones coordinarán diversas acciones, entre ellas la prevención, sanción penal, protección, reintegración y repatriación de víctimas del delito de trata de personas y delitos conexos.

El acuerdo también se circunscribe dentro de los principios y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional, en las leyes y en otros instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, Derecho del Niño, la sanción y erradicación de toda Violencia contra la mujer, etc.; así como de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada por ley 2298/2003 y su Protocolo adicional para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños, aprobado por ley 2396/2004.

La Comisión dictaminó por la aprobación del documento, el cual entrará en vigencia una vez ratificado por ambas partes, atendiendo al procedimiento constitucional respectivo tendrá una duración de 5 años renovables por períodos consecutivos iguales.

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