Técnicos de Energía, Ambiente y Desarrollo Sostenible, concluyen que el MADES no tiene claridad para aplicar la Ley 3239/07

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Luego de la verificación in situ de los cauces hídricos, realizada por técnicos de la Comisión de Energía, Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible de la Cámara Alta, presidida por el senador Sixto Pereira, una de las conclusiones a la que llegaron fue que, al no tener el decreto reglamentario, la implementación real y efectiva de la ley crea mucha ambigüedad en la interpretación del MADES y confusión a los productores, teniendo en cuenta que una Declaración de Impacto Ambiental no es un permiso, como lo establece la mencionada legislación en su artículo 32.

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Las imágenes corresponden a la jornada de verificación realizada el 26 de enero.

Según el informe remitido, correspondiente a la jornada cumplida el miércoles 26 de enero en los departamentos de Misiones y Paraguarí, en horas de la mañana la comitiva se constituyó en el establecimiento perteneciente a la Agropecuaria e Industrial, de la Empresa Agriplus S.A., en el lugar denominado Arazape, distrito de San Miguel del departamento de Misiones, cuyo representante legal es Diego Hugo Domínguez Stroessner. En el sitio fueron recibidos por el ingeniero Reinerio Franco.

Los técnicos de la Comisión estuvieron acompañados por los fiscales Teresa Martínez y técnicos de la Unidad de Delitos Ambientales, representante técnico del Ministerio Público y fiscalizadores del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

En el informe se menciona que, en el recorrido por la propiedad y específicamente donde están instaladas las 4 motobombas flotantes, se ha observado agua encharcada en el trayecto y acumulación de agua en las cañerías que descarga en uno de los reservorios de 600 hectáreas. Los técnicos indican que se constató de esta forma el incumplimiento de la Resolución Nº 511/16 “Por la cual se regula la Extracción de Agua por Bombeo para el Regadío de Cultivo de Arroz en la Cuenca del Río Tebicuary”.

En la ocasión, el Ing. Víctor Benítez, técnico asesor de la Comisión de Energía, le requirió la presentación del permiso o la concesión para el uso de agua, conforme lo establece el Art. 32 de la Ley de Recursos Hídricos del Paraguay, pero el requerido respondió que no disponía del mismo.

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Sobre este tema se explicó que la Declaración de Impacto Ambiental no es un permiso que le habilita o autoriza para el uso del agua, aclarando que se tramita a través de una Resolución que el MADES debe expedir.

Posteriormente, la comitiva se trasladó a la oficina administrativa de la empresa en donde el Ing. Franco, presentó la Declaración de Impacto Ambiental y el Plan de Gestión Ambiental, donde se labró un acta por parte de los fiscalizadores del MADES.

RECORRIDO EN LA EMPRESA TÍO NICOLAS

Luego, los técnicos de la Comisión, se trasladaron hasta la propiedad perteneciente al Proyecto Agrícola (Cultivo de Arroz de Riego), de la Empresa Ingenio de Arroz Tío Nicolas S.A.I.C.A.G. en el lugar denominado Montreal Potrero del Distrito de Caapucú, departamento de Paraguarí, cuyo representante legal es Mirían Semeniuk de Da Rosa.

En el recorrido por la propiedad, donde están instaladas las cuatro motobombas; dos fijas y dos flotantes, no se ha observado el uso de las mismas, puesto que las fijas no llegan al caudal del río y las otras dos están desconectadas del tendido eléctrico. 

Luego, el ingeniero Víctor Benítez, técnico asesor de la Comisión le requirió la presentación del permiso o la concesión para el uso de agua, conforme lo establece el Art. 32 de la Ley de Recursos Hídricos del Paraguay, a lo que respondió el encargado de la empresa el Ing. Leandro Semeniuk, que no disponía en ese momento de ese permiso o concesión.

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Ante esta situación se le explicó que la Declaración de Impacto Ambiental no es un permiso que le habilita o autoriza para el uso del agua, aclarándose que la misma se tramita a través de una Resolución que el MADES debe expedir.

Una vez finalizada toda la verificación, la comitiva se constituyó hasta la oficina administrativa de la empresa donde el Ing. Semeniuk presentó la Declaración de Impacto Ambiental y el Plan de Gestión Ambiental, y posterior a ello, se labró un acta por parte de los fiscalizadores del MADES.

Con la verificación in situ de estas dos empresas concluyó el trabajo de la comitiva de la Comisión de Energía de la Cámara de Senadores, que inició el pasado lunes 24 de enero.

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