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Presentan proyecto que reglamenta la obtención de visa y residencia de inversionistas extranjeros

Con el objetivo de dar garantía y previsibilidad al inversionista extranjero, con bases jurídicas sólidas y facilidades para la formalización de negocios en el país, se presentó en la fecha el proyecto Ley “Que reglamenta la obtención de Visa y Residencia de Inversionistas Extranjeros”. La presentación estuvo a cargo del senador Fernando Silva Facetti.

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Senador Fernando Silva Facetti, proyectista. 

Un debate del documento se realizó con representantes de la Dirección General de Migraciones, los Ministerios de Industria y Comercio y de RR.EE., así como la Red de Inversiones y Exportaciones (REDIEX).

“Fue durante una mesa técnica con donde estuvieron presentes 20 personas de diferentes instituciones en una mesa de trabajo que tiene por objeto iniciar un análisis de este proyecto Ley ‘Que reglamenta la obtención de Visa y Residencia de Inversionistas Extranjeros’, que es lo que en el mundo se conoce como las Golden Visa. Lo que buscamos con el proyecto es darle el nivel de ley a los decretos reglamentarios para otorgarles mayor previsibilidad y garantía jurídica al inversionista”, señaló el senador Fernando Silva Facetti.

Agregó que en el documento se establecen como introducción algunas novedades, como con el objeto de facilitar el ingreso y la permanencia en el país de personas extranjeras que deseen realizar inversiones de capital, ya sea para crecimiento empresarial en empresas ya establecidas o empresas nuevas que busquen favorecer la economía, el desarrollo, la generación de empleo y particularmente garantizar capitales e inversiones en el país, sin que existan demoras y excesivas burocracias que son conocidas, explicó el legislador.

Agregó que, “Con la recesión dando vueltas por la zona, necesitamos ser creativos y muy eficientes en el momento de captar inversiones y lo que se propone también es el uso de tecnología, que ya en varias leyes recientes hemos incluido mecanismos de trámites electrónicos y obviamente la obtención de visa no debería quedar rezagada”.

Dijo también el senador que en este proyecto se presenta, por un lado, cuáles son los requisitos para la obtención de visas para inversionistas que pueden ser presentado por medios digitales, sin necesidad de que el inversionista tenga que viajar largas distancias para iniciar los trámites.

Sobre el punto, en el proyecto se establece un plazo para máximo de gestión de 10 día hábiles en cuanto a la visa de residencia permanente. Esto alude el artículo 7 del documento, donde se dispone que para que un inversionista pueda obtener este tipo de visa deberá contar con un capital mínimo de inversión de 150 mil dólares en concepto de capital y podría estar integrado a una empresa que exista ya o una nueva; puede ser en inversión inmobiliaria, títulos o valores que debe ejecutarse en un periodo máximo de 12 meses.

Al establecer el monto fueron tomadas como referencia los decretos, así como también los montos que manejan los países de la zona de América Latina, no pudiendo comparar con países como Portugal, Alemania, Francia, Inglaterra o EE.UU., “pero creemos que es un monto a debatir y es un buen inicio de debate”, significó el legislador.

Añadió también que se va a seguir usando la ventanilla única de MIC y lo más novedoso de este proyecto, que se encuentra en el artículo 8, es que se habla de la constancia del inversionista (inciso b de ese artículo), que establece que va ser expedida por un banco extranjero que tiene que estar localizado en un país miembro del Grupo de Acción Financiero Internacional (GAFI). “Con eso va ser suficiente prueba de legitimidad del origen de los montos de financiamiento del proyecto o referente de capacidad de pago del inversionista”, subrayó el senador Silva Facetti.

Por otro lado, anunció que se establece también en el artículo 10, la incorporación al sistema financiero del inversionista extranjero. Para ello, el Banco Nacional de Fomento va a establecer un mecanismo efectivo, ágil, para la apertura de cajas de ahorro del inversionista el cual tendrá derecho a una caja de ahorro con los documentos establecidos en el artículo 7 citado.

“Y el objetivo, es dar garantía jurídica y previsibilidad al inversionista extranjero, con bases jurídicas sólidas y facilidades para la formalización de negocios en el país”, remarcó.

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