Sancionan proyecto que declara en emergencia situación de personas con discapacidad

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Lo senadores aprobaron hoy, en sesión ordinaria el Proyecto de Ley “Que declara en emergencia la situación de personas con discapacidad y dispone tomar medidas concretas a favor de las mismas”, presentados por varios diputados. El documento fue sancionado y remitido al Poder Ejecutivo.

Sesión del 4 de abril del 2019 1

El senador Dionisio Amarilla, como presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, manifestó que “la iniciativa parlamentaria plantea declarar en estado de emergencia la situación de las personas con discapacidad; por incumplimiento del Artículo 58 de la Constitución Nacional, las leyes que tutelan la inclusión de las mismas y garantizan el pleno goce de sus derechos, tales como la Ley Nº 5136/13 de “Educación Inclusiva”, la Ley Nº 4934/12 de “Accesibilidad al Medio Físico para las Personas con Discapacidad”, Ley Nº 4336/11 “Que establece la Obligatoriedad del Lenguaje de Señas en los Informativos o Noticieros de los Medios de Comunicación Audiovisual”, la Ley N.º 2479/04 y su modificación Nº 3585/08 “Que establece la Obligatoriedad de la Incorporación de Personas con Discapacidad en las Instituciones Públicas”, normas de incentivo fiscal para contratar personas con discapacidad en el sector privado, el Protocolo de Atención para el Acceso a la Justicia de las Personas con Discapacidad Psicosocial aprobado por Resolución Nº 224/15 del Ministerio de Justicia y otras en materia de servicios sanitarios y de rehabilitación”.

Por su parte, el senador Enrique Riera, como presidente de la Comisión Derechos para las personas con discapacidad también abogó por la aprobación del presente proyecto, al igual que el senador Enrique Bacchetta, quien urgió el tratamiento del proyecto, ante el pedido de sus colegas para ser postergarlo el estudio. Otro legislador que pidió se acepte el documento fue el senador Abel González al igual que otros colegas.

Cabe recordar que el documento exhorta a todas las instituciones del Poder Ejecutivo en un plazo de treinta días a reglamentar la Ley 4962/13 “De incentivo para contratar personas con discapacidad en el sector privado”, las normas de incentivo fiscal para contratar personas con discapacidad así como las demás leyes que estén pendientes de reglamentación, a adecuar sus políticas públicas y a extremar los recaudos correspondientes para velar, en conjunto con las Organizaciones de Discapacidad de todo el país, por el pleno cumplimiento de las leyes mencionadas en el artículo 1º de la presente Ley,  y el cumplimiento al Plan de Acción Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad 2015 - 2030.

“El incumplimiento de estas medidas podrá ser denunciado por cualquier interesado en los términos de la Ley 122/1990 “Que establece derechos y privilegios para los impedidos”.

Además, solicita que todas las Instituciones del Poder Ejecutivo deban remitir en un plazo de treinta días los respectivos pedidos de reprogramaciones y ampliaciones presupuestarias para cubrir los aspectos que no estén previstos en el Presupuestos General de la Nación a fin de dar cumplimiento a las leyes enunciadas en los artículos precedentes, contemplando de manera enunciativa pero no limitativa los siguientes puntos:

- Con respeto a la Ley N° 5136/13 de “Educación Inclusiva” lo siguiente:

- Adecuar las Escuelas públicas y públicas subvencionadas al cumplimiento de los parámetros de la Ley de Educación Inclusiva;

- Conformar los equipos técnicos en escuelas área;

- Capacitar a todos los docentes, directores, supervisores y otros funcionarios del Ministerio de Educación en los lineamientos para una educación inclusiva en el sistema educativo nacional; conforme normativa del Ministerio de Educación y Ciencias, debiendo establecer un calendario de acceso público a las citadas capacitaciones;

- Establecer parámetros de identificación, diagnóstico y acompañamiento para la matriculación adecuadas de los niños con discapacidad.

- Capacitar a docentes en lenguas de señas.

Respecto a la Ley Nº 3585/08 que establece la “Obligatoriedad de la Incorporación de Personas con Discapacidad en las Instituciones Públicas”, identificar los rubros disponibles y realizar los llamados a concursos de oposición en cumplimiento de la citada normativa en los Organismos y Entidades del Estado (OEE).

Por último, respecto a la Ley Nº 4934/12 de “Accesibilidad al Medio Físico para las Personas con Discapacidad”, adecuar de manera urgente las infraestructuras de todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE) para la plena accesibilidad de sus instalaciones; y capacitar a través de la SENADIS a las intendencias y gobernaciones de todo el país, para el cumplimiento de la mencionada legislación en habilitación de obras y las modificaciones de ordenanzas que fueren necesarias.

El Proyecto también especifica que “las Instituciones del Poder Ejecutivo presentarán de manera trimestral, informe sobre los avances en materia de Discapacidad, en las reuniones obligatorias del CONADIS a las cuales asistirá el Ministro Secretario o un representante del mismo.

El senador Sergio Godoy, solicitó que se agregue modificación, pidiendo “sanción a las instituciones públicas que no cumplan su rol”.  A lo que el senador Paraguayo Cubas agregó “que se cumplo con lo dispuesto en el Código Penal”.

Para la senadora Desirée Masi, lo importante es que se cuente con presupuesto para que Salud Pública pueda cumplir con su rol.

Finalmente, el documento se aprobó sin modificaciones y fue sancionado para ser remitido al Poder Ejecutivo.