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Media sanción al proyecto que reglamenta el rol supervisor del Estado a entidades jubilatorias

La Cámara Alta otorgó media sanción al proyecto de Ley "Por el cual se reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución de la República”. Esta decisión se dio este martes, en una sesión extraordinaria, bajo la presidencia del senador Silvio Ovelar, titular de la Cámara Alta.

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El senador Silvio Ovelar, presidente de la Cámara Alta dirigiendo la sesión. 

La citada propuesta legislativa tiene por objeto la regulación y supervisión prudencial de la manera en la que administran los recursos financieros y no financieros, de las Entidades de Jubilaciones y Pensiones de naturaleza pública y privadas del país, en adelante denominadas EJP.

A través de la regulación y supervisión, la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones creada en los términos del artículo 4 de la presente ley, deberá velar por una adecuada y prudente administración, por parte de los órganos de dirección de las EJP supervisadas, buscando que los recursos de los fondos de jubilaciones y pensiones se administren bajo los criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad.

En uso de palabra el senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, argumentó por el dictamen de modificaciones. En ese sentido, señaló que en el proyecto se plantea la creación de un Consejo de Seguridad Social y que los trabajadores estarán representados en el Consejo de la Superintendencia.

Asimismo, dijo que en el proyecto en el artículo 31, se propone que, todos los administradores pueden tener responsabilidad civil y penal.

Igualmente, planteó que el Pleno utilice el texto base aprobado por la Comisión de Legislación y sea votado por capítulos. Esta moción fue aprobada por los legisladores.

En el mismo sentido, dictaminó la Comisión de Cuentas y Control, así lo informó el senador Dionisio Amarilla, titular de la mencionada instancia legislativa.  

Por su parte, la senadora Lilian Samaniego, ratificó que este proyecto es importante porque actualmente no existe el control de las inversiones en las entidades jubilatorias del país. “La Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones sirve para cuidar el ahorro de todos los trabajadores y los jubilados. Lo que implica un avance en la protección de los ahorros de miles de paraguayos”, sostuvo.

Agregó que el proyecto tiene por objeto supervisar los recursos financieros y no financieros de las entidades jubilatorias y pensiones de naturaleza público-privada que tiene el país.

Por su parte, la senadora Yolanda Paredes, manifestó su disconformidad con algunos artículos del documento. De la misma manera, lo hizo su colega Kattya González, quien solicitó que el proyecto sea tratado por artículos, pero no prosperó su propuesta.

En el mismo sentido, intervino la senadora Noelia Cabrera Petters, como líder de su Bancada, para manifestar ante el Pleno su desacuerdo al proyecto en análisis. 

La legisladora lidera la Bancada B del PLRA, integrada por sus colegas Hermelinda Alvarenga y Edgar López. 

En uso de la palabra, la senadora anunció que su colega senador Dionisio Amarilla también asumía la misma postura que la Bancada B.

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Senadores votando. 

MODIFICACIONES PLANTEADAS

En el estudio en particular del proyecto, los senadores Arnaldo Samaniego, Lilian Samaniego y Yolanda Paredes, plantearon modificaciones al artículo 31, allanado por el senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación. La misma quedó redactada de la siguiente manera: “Ningún funcionario estará exento de responsabilidad por su acción u omisión en el desempeño de sus funciones”.

Asimismo, a propuesta del senador Arnaldo Samaniego, se aprobó modificar el artículo 43, a fin de que no se interprete que el IPS pueda otorgar préstamos al Estado, en ninguna de sus formas.

Es así que, se plantea que el Consejo de Administración dispondrá de una elaboración de un programa de inversiones y colocaciones financieras de las reservas del IPS a fin de preservar el valor de las mismas, la renta generada por las mismas será destinada a reforzar el fondo común de jubilaciones y pensiones y a otras que el Consejo determine.

Se propone además que el IPS no concederá préstamos al Estado, ni a los entes descentralizados, ni a las municipalidades, de igual manera no podrá instrumentar operaciones con bonos o cualquier otro tipo de título de deuda emitido por el Estado paraguayo. Ninguna disposición de la presente ley implica la derogación de la ley al acceso a la información pública, en cuanto a la obligación de publicación de información; sin perjuicio del deber de secreto previsto en el artículo 30 de la presente ley.  

Finalmente, el Pleno aprobó con modificaciones el proyecto de Ley y lo remitió a la Cámara de Diputados, para su estudio y consideración.

Cabe mencionar que, la propuesta de ley fue remitida según Mensaje N° 41 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 23 de noviembre de 2023.

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Legisladores desde la sala de sesiones. 

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