Marcación biométrica se implementaría en dos meses

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El titular del Congreso Nacional y de la Cámara Senadores, senador Blas Llano fue consultado esta mañana, en conferencia de prensa, sobre la propuesta de que se realicen dos sesiones en la Cámara Alta. Al respecto, expresó que en la mesa directiva resolvieron mantener las ordinarias todos los jueves a las 9:00 de la mañana, y realizar sesiones extraordinarias, de acuerdo a lo que establece la Constitución Nacional y el reglamento interno.

Conferencia de Prensa 1

Eso significa, que si la cuarta parte de los Senadores consideran necesaria una convocatoria extraordinaria, pueden pedir por nota, y además, la presidencia del Senado, mantiene la facultad de hacerlo de la misma manera, cuando existiese una sobrecarga de proyectos de leyes en estudio que tengan dictámenes de comisiones.

En cuanto a las ausencias en las Comisiones, y en referencia a la propuesta del senador Paraguayo Cubas de bajar el quórum de las mismas, manifestó que dicha parte está reglamentada en la Constitución Nacional, que es la mitad más uno, de los miembros. “Solamente se va aplicar en cada Comisión, que si uno de los miembros faltase, en 3 fechas consecutivas y en 5 alternadas, automáticamente el legislador va a ser separado de la misma”, refirió.

En cuanto a las disposiciones para los funcionarios, adelantó que en dos meses se estarían implementando los molinetes biométricos en las tres entradas al edificio del Congreso. Uno será para el acceso de los trabajadores del Senado, y otro para los de la Cámara de Diputados, y en la parte frontal el funcionamiento de dos máquinas para el ingreso de los ciudadanos en general. Uno de los molinetes biométricos será para las personas con discapacidad, adelantó el senador Llano.

Conferencia de prensa 2

CASO DIPUTADO ULISES QUINTANA

Por otra parte, como presidente de la Cámara de Senadores, el senador Blas Llano leyó un dictamen donde se presentaban los argumentos jurídicos y políticos con relación a la determinación de la jueza Magdalena Narváez, quién decretó la libertad ambulatoria del diputado Ulises Quintana, quien estaba recluido en la cárcel de Viñas Cué, por presunto vínculo con el narcotráfico. La magistrada alegó que no existe peligro de fuga ni obstrucción en el proceso de investigación.

“Es la opinión jurídica que nosotros emitimos sobre la libertad que la jueza otorgó al diputado Ulises Quintana”, indicó el Presidente Llano, en la conferencia de prensa y leyó detalladamente el contenido del documento.

1.La jueza Madgalena Narváez, hasta dos meses atrás prestaba funciones jurisdiccionales en la ciudad de Capiatá y, fue traslada a la jurisdicción de Asunción recientemente.

2.Si bien es cierto la magistrada, menciona que los presupuestos legales establecidos en el artículo 242 numeral 3 del Código Procesal Penal, objetivamente no se cumplieron por lo tanto la decisión de otorgar libertad al Diputado Quintana, deviene factible:-

3)cuando por la apreciación de las circunstancias del caso particular, existan hechos suficientes para suponer la existencia de peligro de fuga o la posible obstrucción por parte del imputado de un acto concreto de investigación.

La consideración realizada por la jueza, jurídicamente posee notorios cuestionamientos, principalmente a través del texto preciso del artículo 245 del Código Procesal Penal- que no permite otorgar la libertad ni medidas alternativas a personas procesadas por crímenes o con expectativa de pena privativa de libertad superior a 5 años; en consecuencia, la petición de otorgamiento de libertad que ha efectuado el diputado Ulises Quintana, no debió ni siquiera ser analizada judicialmente.

Si bien es cierto, en la Cámara de Senadores se aprobó modificar el texto del artículo 245 del Código Procesal Penal, a la fecha modificatoria no fue sancionada ni promulgada para su vigencia legal jurídica menos aún publicada.

La prohibición de otorgar medidas alternativas y/o sustitutivas a procesados por la comisión de crímenes, se encuentra vigente.

3.El diputado Ulises Quintana se encuentra procesado por la comisión de hechos punibles previstos en los artículo 26 y 27 de la Ley N° 1.340 “Que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos”, cuya expectativa de pena va desde 5 años a 15 años de pena privativa de libertad, además de hechos conexos como lavado de dinero y asociación criminal; figuras todas calificadas como crímenes.

4.La pena mínima que podría aplicarse al diputado Ulises Quintana, sería de 5 años de privación de libertad; es decir, el mínimo por el cual debería estar recluido para garantizar el sometimiento al proceso aun durante el proceso investigativo e incluso hasta que recaiga una sentencia, es de 5 años.

5.La revocatoria de prisión, concedida por la magistrada, acontece conforme lo estipula el artículo 19 de la Constitución Nacional y el artículo 236 del Código Procesal Penal, únicamente sí concurren hechos nuevos, circunstancia que no aconteció para el caso de Ulises (Ejemplo de hecho nuevo, durante la investigación surgen que Ulises Quintana realizó ninguna llamada telefónica para a los policías de la Comisaria de Nueva Londres, ni tenía vínculo con Cucho Cabañas).-

6.El cambio de calificación de los tipos penales, solo puede acontecer una vez que se formule algún tipo de requerimiento conclusivo; hecho que no aconteció aún, considerando que el proceso penal contra Ulises Quintana aun transcurre en la etapa investigativa, a la fecha falta aún dos meses para finalizar dicha investigación.

El cambio de calificación solo puede acontecer en la audiencia preliminar, instancia que se llega solo a través de una acusación u otro requerimiento fiscal conclusivo.

7.La magistratura de ninguna manera debió admitir garantías sobre bienes embargados, además dichos inmuebles no están tasados ni poseen certificados de dominio.

8.Otra irregularidad perpetrada por la magistrada, se relaciona a que otorgó la libertad a Ulises Quintana concediéndole 15 días para que ponga en condiciones la documentaciones de las garantías inmobiliarias otorgadas.

9.En síntesis, la decisión de la magistrada jurídicamente es cuestionable y surgen hechos de notorio mal desempeño”.

El presidente Llano dijo que el legislador Quintana está en su derecho de volver a asumir su banca en la Cámara Baja. De esta manera, la legisladora Rocío Abed volverá a ser suplente. Agregó que como la misma es de Honor Colorado y Quintana de Añetete, el oficialismo estaría recuperando un curul en Diputados.

FUERZA DE TAREA CONJUNTA

El titular del Senado también fue consultado sobre la situación de inseguridad que se vive en el norte del país, tras los últimos hechos de violencia en las cárceles de la zona, el asalto a un banco y la última noticia del asesinato del administrador de una estancia.

“Es preocupante la inseguridad en el norte, y no solo en esa parte; tal vez estos hechos hayan sido los más llamativos de los últimos días, pero casi en todos los lugares de la República se está dando esto y tenemos que exigir a las autoridades del Ministerio del Interior, a la Policía Nacional, que puedan extremar recursos para evitar este tipo de situaciones”, indicó el legislador al respecto.

Agregó que se debe realizar una reforma estructural dentro de los organismos de seguridad interna del Estado, fundamentalmente de la Policía Nacional. Además, defiende la idea de fortalecer la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), a pesar de que algunos colegas suyos hayan planteado la desaparición de la misma.

“Crear una fuerza de las características y especialización de la Fuerza de Tarea Conjunta no es sencilla. Podemos desmantelar, suprimir, pero la pregunta es ¿cuánto tardaríamos nuevamente en tener algo similar o mejor? Tardaríamos un año o más, ¿y mientras tanto?”, inquirió a los periodistas.

Indicó que se puede coincidir con que la FTC no funciona como debería o que no da los resultados que se pretenden, pero mencionó que cree firmemente que suprimir, en vez de ser un avance, sería un retroceso.