Materiales Informativos OAC 16 Abril 2014 Pensión Graciable Imprimir Correo electrónico Son las pensiones otorgadas por el Estado Paraguayo a personas ilustres; éstas serán concedidas exclusivamente por Ley y, según los requisitos establecidos en la Ley N° 4027 “QUE REGULA LA CONCESION Y AUMENTO DE PENSIONES GRACIABLES" ”