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Aconsejan aprobar proyecto del régimen de jubilaciones para psicólogos

Los integrantes de la Comisión de Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, presidida por el senador Abel González, se reunieron este miércoles, para analizar y aprobar sin modificaciones el Proyecto de Ley “Del régimen de jubilaciones de los profesionales psicólogos”, remitido por la Cámara de Diputados.

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Cabe mencionar que, en el artículo 3 refiere que, para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria, el profesional psicólogo debe reunir los siguientes requisitos:

a)Haber cumplido 55 de edad y 25 años de aporte jubilatorio, en cuyo caso le corresponderá el 90% del promedio de salarios de los 36 meses anteriores al último aporte jubilatorio. Este porcentaje aumentará a razón del 2% por cada año de aporte a partir de los 55 años de edad hasta los 59 años de edad, debiendo corresponderle el promedio de los últimos 36 meses. En este caso la jubilación será optativa.

b)En caso de haber cumplido los 60 años de edad y 30 años de aporte, le corresponderá el 100% del promedio de los salarios de los 36 últimos meses anteriores al último aporte. En este caso la jubilación será optativa.

c)La jubilación será obligatoria a los 65 años de edad según los principios expuestos en el inciso anterior.

d)Los que hubieran realizado el equivalente al 50% del aporte jubilatorio podrán acceder a la media jubilación.

e)El derecho a la jubilación por invalidez se adquirirá si el profesional odontólogo o bioquímico sufre la disminución parcial o total, física o mental, de su capacidad de trabajo para desempeñar la función habitual a su cargo, y que posea una antigüedad mínima de diez años como aportante.

El proyecto tiene como objetivo establecer el régimen de jubilaciones para los profesionales psicólogos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Luego de analizar esta propuesta de Ley, los senadores aconsejaron su aprobación.

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Posteriormente, resolvieron rechazar el Proyecto de Ley “Que modifica los artículos 2°, 4°, 24 y 25 de la Ley N° 19/89 ‘que aprueba con modificaciones el decreto Ley N° 10 del 18 de abril de 1989 ‘Por el cual se crea la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social y se establece su Carta Orgánica’, y modifica el artículo 20 de la Ley N° 5498/2015 ‘Que crea la dirección nacional de la patrulla caminera y establece su carta orgánica”, remitido por la Cámara de Diputados.

El siguiente punto tratado fue el Proyecto de Ley “Que crea el consejo municipal de prevención y atención de adicciones”, remitido por la Cámara de Diputados.

Tras el estudio de este documento, los senadores aconsejaron su aprobación con modificaciones.

Finalmente, como último tema considerado fue el Proyecto de Ley “De creación de la escuela legislativa”, presentado por el entonces senador Enzo Cardozo. El documento obtuvo el dictamen por el rechazo.

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