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Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico emitió dictamen

La Comisión de Prevención y Lucha Contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, presidida por el senador Blas Llano, se reunió este  miércoles 29, con el fin de dar dictamen al orden del día establecido para la fecha.

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La Comisión recomienda la ratificación en el rechazo del Proyecto de Ley “Que ratifica la sanción inicial dada al Proyecto de Ley, que modifica los artículos 1° y 13° de la Ley N° 1.015/97, que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes, modificado por la Ley  N° 3.783/09”.

La presente propuesta legislativa tiene por objeto introducir modificaciones en los artículos 1º y 13 de la Ley 1.015 “Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes, modificado por la Ley Nº 3.783. 

En el artículo 1º se introduce la frase “y las leyes nacionales”, como forma de complementar la redacción actual y que no afecta al fondo y sentido del artículo modificado.

La redacción del artículo 13 establece el catálogo de sujetos obligados a rendir cuentas ante la SEPRELAD, e introduce como un nuevo inciso “r” a los Partidos y Movimientos Políticos; Alianzas Electorales y Concertaciones, incluyendo a los Movimientos Internos Partidarios y sus respectivos Candidatos, como sujetos obligados.

En tal sentido, es importante aclarar que en la actual redacción del citado artículo, ya se encuentran incluidos tácitamente como sujetos obligados los partidos y movimientos políticos, específicamente en el inciso l) “las organizaciones sin fines de lucro”; teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 11 del código electoral que, “Los partidos y movimientos políticos adquieren su personería jurídica desde su reconocimiento por la Justicia Electoral. A los efectos de la administración y disposición de su patrimonio, gozan de las prerrogativas propias de las personas de derecho privado, en los términos de los Capítulos II y III del Título II del Libro I del Código Civil”, que hace referencia a las organizaciones sin fines de lucro.

Si bien, la finalidad perseguida por esta propuesta legislativa es plausible, considerando la intención de poner mayores controles que eviten la infiltración de dinero ilegal en las campañas políticas; con la redacción actual del artículo en cuestión, la SEPRELAD ya tiene la facultad y el poder suficiente para ejercer los controles y supervisión efectivo a los Partidos y Movimientos Políticos, tal como lo viene haciendo en forma coordinada con el Tribunal Superior de Justicia Electoral para el cumplimiento efectivo de esta ley, y la implementación de la ley 4743 “Que regula el financiamiento Político”.

Al respecto, la SEPRELAD, por Resolución Nº 218 de fecha 14 de julio de 2011, creó el Registro de Sujetos Obligados de la Ley 1.015/97 y su modificatoria la Ley Nº 3783/09, en el cual, hasta la fecha se encuentran registrados varios Movimientos y Partidos Políticos.

Es importante igualmente mencionar, que el Tribunal Superior de Justicia Electoral, ha firmado convenios con la SEPRELAD, BNF y el Ministerio de Hacienda, a fin de hacer efectivo el cumplimiento de la Ley 4743/12 “Que regula el financiamiento Político”; en ese sentido, se han establecido mecanismos para controlar el financiamiento de las campañas políticas, y entre esos controles se ha puesto como requisito para que los Partidos y Movimientos Políticos puedan abrir una cuenta corriente en el BNF, deben presentar la constancia de registro en la SEPRELAD, para que éste organismo pueda al mismo tiempo controlar a los sujetos obligados.  

Es decir, del inciso “l” de la redacción actual del artículo 13, se desprende que los partidos y movimientos políticos ya son sujetos obligados ante la SEPRELAD; y para que un Partido o Movimiento Político pueda abrir una cuenta corriente en el BNF en cumplimiento de la Ley Nº 4743/12, debe presentar indefectiblemente la Constancia de Inscripción en la SEPRELAD como sujeto obligado.

Por los argumentos expuestos, se concluye que, de aprobarse este Proyecto de Ley se estaría sobrelegislando una misma cuestión, en un mismo artículo.

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