Funcionarios de la Comisión de Energía, Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible de la Cámara Alta, presidida por el senador Sixto Pereira, prosiguieron con las tareas de fiscalización para la protección y conservación de los recursos hídricos.
En el informe proveído por los técnicos se concluye que, "alrededor de las motobombas hay otras situaciones que afectan la protección y conservación de los recursos hídricos, muy evidentes por la falta de agua en las cuencas y que el cumplimiento de la ley es responsabilidad del MADES”, reza una parte del informe técnico.
También se menciona en el informe remitido, que se confunde a los responsables de las empresas al manifestar que la declaración de impacto ambiental es el permiso para el uso de los recursos hídricos, cuando que los fiscalizadores del MADES saben que la declaración de impacto ambiental contiene solo las condiciones o requisitos previos para obtener los permisos correspondientes.
En ese sentido, una de las conclusiones a la que llegaron los técnicos de la Comisión Asesora del Senado, fue que, en los allanamientos dispuestos por los jueces jurisdiccionales, los fiscalizadores del MADES que acompañaron el procedimiento en el lugar de los hechos, solo dejaron constancia en el acta que las motobombas estaban funcionando en el momento de la presencia de los funcionarios de esta instancia legislativa.
En este caso, no cumplen no solo con los artículos 32 y 41 de la Ley 3239/07 “De los recursos hídricos del Paraguay”, además manifiestan como justificativo del no cumplimiento, la falta de reglamentación que, desde junio del 2012 está el proyecto consensuado por todos los sectores y por las instituciones que tienen competencias en el tema agua, esto de acuerdo con lo señalado por responsables de la comitiva técnica de la Comisión de Energía Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible de la Cámara Alta.
VERIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DESARROLLO SUR
El martes 1 de febrero, del corriente año, la comitiva se trasladó en horas de la mañana a la Fiscalía de San Ignacio Misiones, junto con el representante de la Fiscalia zonal a cargo del agente fiscal especializado en Medio Ambiente, Abg. Diego Raúl Duarte y Gilberto Zarate, representante técnico del Ministerio Público y fiscalizadores del MADES, en espera de la orden de allanamiento de los establecimientos Desarrollo del Sur y Riviera S.A.
La comitiva de la Comisión de Energía estuvo integrada por el Ing. Víctor Benítez; Dr. Hidrogeólogo Celso Velázquez; Abg. Gerardo Maciel y el Ing. Víctor Gómez.
Una vez que se obtuvo la orden firmada, los funcionarios se trasladaron al establecimiento Desarrollo del Sur, con acompañamiento de los agentes policiales de la zona y agente fiscal. Los técnicos de la Comisión y representantes de las instituciones, recorrieron la propiedad donde están instaladas las dos motobombas flotantes que no estaban en funcionamiento en ese momento, pero estaban instaladas con todos los accesorios, así como las correas de los motores.
Luego, el Ing. Víctor Benítez asesor técnico de la Comisión de Energía, solicitó la presentación del permiso o la concesión para el uso de agua, conforme lo estable el Art. 32 de la Ley “De recursos hídricos del Paraguay”, a lo que el responsable señaló que no disponía de ese permiso o concesión.
Ante esta situación el Ing. Benítez le explicó que la declaración de impacto ambiental no es un permiso que le habilita o autoriza para el uso del agua, que la misma debe ser expedida por resolución del MADES para otorgar el permiso, según el artículo 41 de la mencionada legislación.
Una vez concluida la verificación se constituyeron en la oficina administrativa de la empresa donde los responsables presentaron la declaración de impacto ambiental y el plan de gestión ambiental.
Posteriormente, concluido el allanamiento con todas las observaciones y sugerencias de los técnicos de la Comisión se procedió a la firma del acta; no así el acta de intervención de los fiscalizadores del MADES, por no aceptar las sugerencias de los técnicos.
RECORRIDO EN LA EMPRESA RIVIETA S.A.
Luego se realizó la verificación de la empresa Rivieta S.A., donde los responsables tampoco contaban con el permiso o la concesión para el uso de agua, conforme lo estable el Art. 32 de la Ley “De recursos hídricos del Paraguay, sin embargo solo contaban con la declaración de Iimpacto ambiental y el plan de gestión ambiental.
La mencionada comitiva estuvo integrada por el agente fiscal especializado en Medio Ambiente Abg. Diego Raúl Duarte; los técnicos de la Comisión Ing. Víctor Benítez, el Dr. Hidrogeólogo Celso Velázquez, Abg. Gerardo Maciel, Ing. Víctor Gómez y Gilberto Zarate, representante técnico del Ministerio Público, fiscalizadores del MADES y agentes de la Policía Nacional de la zona.
Cabe mencionar que, con estas verificaciones realizadas por la Comisión Asesora del Senado, concluyeron las tareas de fiscalización de la semana.