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Constitucionales aconseja prestar acuerdo para el ascenso de comisarios

Los integrantes de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, presidida por el senador Martín Arévalo, se reunieron a través de la plataforma virtual donde recibieron en audiencia a los oficiales comisarios Hugo Carmen García Martínez, Aldo Alcides Morel Azcona y Henry Gustavo Pereira Villaverde.

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Vista de los presentes en la reunión de la Comisión. Se usó la plataforma virtual. 

La audiencia se dio con relación al Mensaje N° 602 remitido por el Poder Ejecutivo vía Ministerio del Interior, de fecha 15 de diciembre de 2021, por el cual solicita el acuerdo constitucional de rigor para conferir el ascenso al grado inmediato superior a los comisarios de la Policía Nacional, de conformidad a la Constitución Nacional y la Ley N° 222/1993, y su modificatoria Ley N° 5.757/16.

Luego de oír a los tres comisarios, los legisladores dictaminaron por prestar el acuerdo constitucional.

Seguidamente, se analizó y aconsejó aprobar con modificaciones el proyecto de Ley “Que modifica el artículo 23 de la Ley N° 3.966/2010 – Orgánica Municipal”, presentado por los senadores Blas Llano y Patrick Kemper.

Por otro lado, dictaminaron sin modificaciones el proyecto de Ley “Que modifica el artículo 23 de la Ley N° 3.966/2010, Orgánica Municipal”, presentado por el senador Juan Darío Monges.

La modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica Municipal Nº 3966/2010, propone modificar los requisitos para ser intendentes o concejales, donde se establece bajar el rango de edad.

El proyecto en su artículo 23 quedaría redactado de la siguiente manera: “Para ser intendente se requiere: ser ciudadano paraguayo, mayor de veinte y dos (22) años de edad, natural del municipio o con una residencia en él, de por lo menos cinco años. Para ser concejal se requiere: ser ciudadano paraguayo, mayor de veinte (20) años de edad, natural del municipio o con una residencia en él, de por lo menos tres años. Tanto el intendente como el concejal no deben estar comprendidos en las inhabilidades previstas en la Constitución Nacional y en las Leyes electorales”.

Luego, se decidió para un mejor análisis postergar el dictamen del proyecto de Ley “Que modifica el artículo 258 de la Ley N° 834/1996 ‘Que establece el Código Electoral Paraguayo’, y sus modificatorias, leyes N°s 3.166/2007 y 6.318/2019”, presentado por el senador Blas Llano.

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