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Analizaron propuesta de cobro por transacciones bancarias vía SPI-SIPAP

La Comisión de Industria, Comercio y Turismo, presidida por el senador Patrick Kemper, llevó a cabo su reunión virtual en la cual trataron la intención de tarifar las transacciones realizadas a través del Sistema de Pagos Instantáneos - Sistema de Pagos del Paraguay (SPI-SIPAP).

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Reunión de la Comisión, realizada a través de la plataforma vrtual.

En la ocasión, asistió al encuentro José Cantero, titular del Banco Central del Paraguay y miembros del directorio, quienes dieron a conocer la postura de la institución en relación a la intención socializada por la Asociación de Bancos del Paraguay (ASOBAN) y la Asociación de Bancos y Financieras Paraguayas (ABAFI).

En ese sentido, destacaron que están en contra del cobro de un tarifario o comisión por operaciones de transferencias a través del sistema SIPAP.

Por su parte, el senador Patrick Kemper explicó que a raíz de la situación económica actual, sería un golpe para la ciudadanía aceptar una acción de esta índole; además, resaltó que la gratuidad del sistema beneficia la inclusión financiera.

“Hay que recalcar que es un sistema que desde que empezó a operar fue gratuito y fue una inversión de la propia institución, donde lógicamente las entidades bancarias y financieras tuvieron que hacer las inversiones para la adecuación a este sistema”, puntualizó el legislador.

A su vez, el senador Stephan Rassmusen, señaló que la inserción bancaria trae beneficios y consideró que sería un golpe muy fuerte a la economía y al consumidor final que se cobre por las transferencias.

Los miembros de esta Comisión Asesora agradecieron a los directivos del BCP por su concurrencia a la reunión y se comprometieron a dar seguimiento al tema, atendiendo y oyendo lo que la ciudadanía opina y requiere.

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Posteriormente, se trató el Decreto N° 7.011 “Por el cual se objeta parcialmente el proyecto de Ley N° 6909” que exceptúa a toda persona jurídica del exterior dedicada a la comercialización de hidrocarburos para la provisión de los combustibles y biocombustibles, del cumplimiento de las disposiciones previstas en las leyes N° 2051/2003 “De contrataciones públicas ”y 6355/2019 “Que modifica los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5033/2013 ‘Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos’, y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/ 2003, sus modificaciones y normas respaldatorias, y sus modificatorias”.

Los integrantes de esta instancia legislativa aconsejaron aprobar las objeciones parciales del Poder Ejecutivo y sancionar la parte no objetada.

POSTERGADO

Fue postergado para un mejor estudio el proyecto de Ley “Que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables no convencionales no hidráulicas”.

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