La Bancada del Partido Democrático Progresista, liderada por la senadora Desirée Masi e integrada además por su colega, el senador Pedro Santacruz, organizó una audiencia pública a fin de analizar el Proyecto de Ley “Que crea el programa nacional de control del cáncer”, presentado por varios legisladores. El evento se realizó en la Sala Bicameral del Congreso Nacional.
Es importante mencionar que dicha audiencia contó con la participación del presidente del Congreso Nacional, Silvio Ovelar, el presidente del República, Mario Abdo Benítez, el titular del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), Julio Mazzoleni, legisladores de distintas bancadas y ciudadanos en general.
“La mayoría de las muertes ocasionadas por el cáncer, podemos evitar, con un tratamiento oportuno, con un presupuesto adecuado, con una campaña de prevención. Para la presentación de este proyecto de ley, se contó con valiosas contribuciones, de las cuales se puede destacar el aporte del entonces director del Instituto Nacional del Cancer (INCAN), actual viceministro, el Dr. Julio Rolón y el aporte con el borrador del proyecto con el Dr. Ferreira Niza, además de la asesoría de otros profesionales”, expresó el senador Santacruz durante su intervención.
El legislador indicó que esta normativa tiene la intención de cambiar los malos momentos que viven los pacientes del cáncer. “Los inconvenientes laborales que viven, las catástrofes económicas que generan en el enfermo, en sus familias, que deben realizar todo tipo de actividades para poder acceder a un tratamiento del cáncer, esa es la situación real de casi todos”, comentó.
El parlamentario, explicó que el proyecto fue presentado en diciembre del 2017; la comisión de Salud de la Cámara Alta instaló una mesa interinstitucional de trabajo en abril del 2018, realizando tres reuniones de trabajo donde participaron representantes del Ministerio de Salud, el Instituto de Previsión Social (IPS), la Facultad Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Asunción, el Círculo Paraguayo de Médicos, la Unión Internacional de Lucha Contra el Cáncer, y diferentes representantes del sector privado.
“El ministerio de Salud Pública, a través del viceministro y el director de la INCAN, convocaron a las instituciones que se relacionan con el tratamiento y prevención del cáncer y el resultado de estas reuniones fue el texto consensuado que se encuentra aquí en el Senado. Este proyecto de ley fue participativo en todo sentido”, afirmó el Pedro Arthuro Santacruz.
El senador puntualizó que las personas que sufren de esta enfermedad, tienen derecho de recibir la atención debida y en el tiempo oportuno.
“Tener derechos significa que el Estado tiene obligaciones y prioridades, esta ley trata justamente de establecer esas garantías, para que el Estado asigne con los recursos necesarios, de manera a cumplir con todos, con la creación de un registro de personas con cáncer, el protocolo de seguimiento y un fondo solidario para la atención integral, con todo esto debemos marcar un antes y un después para las personas que sufren de cáncer”, argumentó.
Cabe destacar que el objeto del mencionado proyecto de ley, es garantizar a toda la población el acceso oportuno a una atención integral y de calidad ante el cáncer. De modo a establecer esta garantía como una cuestión de derechos humanos, específicamente del derecho a la salud que está expresado en la Constitución Nacional.
En ese sentido se otorgaría al Instituto Nacional del Cáncer (INCAN) nuevas funciones, para que existan protocolos de tratamiento efectivos en todo el sistema de salud. En esos protocolos se deberá establecer la secuencia del diagnóstico y el tratamiento, incluyendo plazos y drogas que deben usarse, de acuerdo a las evidencias científicas.
Además, se creará un Fondo Solidario para la Atención Integral a las Personas con Cáncer donde se establece los siguientes puntos:
• Se destina el 50% de las recaudaciones del impuesto selectivo al consumo del tabaco (55 mil millones de Gs. aproximadamente)
• Se destina 50% de las recaudaciones impuesto selectivo al consumo de bebidas con alcohol (30 mil millones GS aproximadamente)
• El 40% del fondo nacional de salud establecido por el FONACIDE (65 mil millones GS. aproximadamente)
• El 20% del FONARESS (30 mil millones Gs. aproximadamente)
• El fondo correspondiente al Programa de Drogas Antineoplásicas PRONAD (20 mil millones aproximadamente)
• Otros recursos en el Presupuesto General de Gastos.
• Total aproximado: 200 mil millones de GS. Aproximadamente.
Por su parte, el Ministro del MSPBS, Julio Mazzoleni, felicitó la coordinación previa entre todos los afectados a esta normativa, destacando el marco que puede proveer la presente Ley, donde se permite la integración de los esfuerzos de ciudadanos que están a favor de la causa.
“Quiero resaltar algunas cuestiones muy importantes del proyecto, como que la rectoría permanezca en el Ministerio de Salud, que haya un órgano técnico consultivo como el INCAN, que se incorpore temas como el registro de pacientes y establecerse una línea de financiamiento. Es fundamental igual seguir buscando fuentes de financiamientos, de manera a que esto pueda ser un modelo sostenible con el tiempo”, mencionó.
El ministro de Salud Pública, calificó la lucha contra el cáncer, como un plan nacional, donde estamos enmarcados todos los compatriotas.
“Creo que todos impulsamos esta causa nacional, estamos dispuestos desde el ministerio de salud a dar nuestra parte, a contribuir la integración, a canalizar los esfuerzos y empezar a dar respuestas a una causa justa, largamente postergada para nuestros compatriotas”, finalizó.
Es importante destacar que el Fondo Solidario, para la Atención Integral de las Personas con Cáncer, anteriormente mencionado, será administrado por el INCAN. Los recursos serán depositados, en una cuenta especial y no podrán ser utilizados, para fines distintos, a los previstos en esta Ley ni podrán ser objeto de disminución o afectación bajo otro concepto; ni le podrán ser aplicados topes presupuestarios, en su plan financiero tampoco podrán ser utilizados, para sustituir las fuentes de financiamiento, que se asignan de forma anual a las instituciones de salud; para su funcionamiento mediante el Presupuesto General de Gastos de la Nación.
Para el cumplimiento, de la presente Ley, para desarrollar la red de servicios y para la atención oportuna de los casos, el INCAN; podrá realizar transferencias, de los recursos del Fondo Solidario, para la Atención Integral de las Personas con Cáncer, entre instituciones públicas y de la seguridad social, de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos, en la reglamentación. Cuando se requiera, y no exista disponibilidad de servicios, en el sector público para la atención de casos, también podrá realizar transferencias, al sector privado, para la provisión de servicios específicos, según reglamentación y procedimiento establecido por autoridad vigente.
El INCAN, deberá presentar una rendición de cuentas, semestral de todo lo actuado y la información será de acceso público.
Son proyectistas de este documento legislativo, los senadores Desirée Masi, Pedro Arthuro Santa Cruz, Esperanza Martínez y Carlos Filizzola y los entonces senadores Arnoldo Wiens, Julio César Velázquez y Mario Abdo Benítez.