Por unanimidad, en sesión ordinaria, la Cámara de Senadores aprobó un Proyecto de Ley que propone dejar la aplicación de las medidas alternativas o sustitutivas a la prisión preventiva al juez, como en el documento original, antes que fuera modificado.
La denominación del Proyecto de Ley refiere textualmente “Que modifica el artículo 245 de la Ley N° 1.286/98 ‘Código Procesal Penal’, modificado por Ley N° 4.431/2011 ‘Que modifica el artículo 245 de la Ley N° 1.286/98 ‘Código Procesal Penal”, y fue presentado por los senadores Patrick Kemper, Fernando Silva Facetti, Pedro Arthuro Santa Cruz, Desirée Masi, José Ledesma y Gilberto Apuril.
El senador Sergio Godoy, como presidente de la Comisión de Legislación dijo en el Plenario que el documento plantea dejar la aplicación de las medidas alternativas o sustitutivas a la prisión preventiva al juez, como en el documento original, antes de las modificaciones del 2011, siempre y cuando no se otorguen medidas alternativas a hechos punibles tipificados como hechos graves: homicidio doloso, lesión grave, violación sexual, abuso sexual en niños.
Por su parte, el senador Víctor Ríos recordó a sus pares que, al quitar los condicionamientos a los jueces, el Senado se expone a que la ciudadanía les reclame que los llamados ‘motochorros’ y otros delincuentes van a quedar libres.
La senadora Esperanza Martínez, pidió que se puede agregar “en casos de abuso sexual y abuso sexual en niños”, mientras que la senadora Mirta Gusinky sugirió se añada, “en casos de secuestro”.
La senadora Desirée Masi, por su parte, pidió “no meter un catálogo que traerá más problemas que soluciones. Seamos claros y entonces que se apruebe la peligrosidad como presupuesto de la prisión preventiva”, comentó.
El senador Stephan Rasmussen recordó por su parte, que estas modificaciones coinciden con los hechos últimamente acontecidos en las penitenciarías, y se justifican por la actual superpoblación en las cárceles.
El senador Carlos Filizzola valoró los cambios y dijo que es un avance lo que se está haciendo, ya que “debemos adaptarnos a nuestra realidad”.
Finalmente, las modificaciones fueron aprobadas con los agregados propuestos por varios Senadores y el documento fue derivado a la Comisión de Estilos, antes de remitirlo a la Cámara de Diputados.
OTRAS MODIFICACIONES
El documento también señala que el imputado no las pueda cumplir por una imposibilidad material razonable, en especial, si se trata de persona de notoria insolvencia o disponga del beneficio de litigar sin gastos, no se le podrá imponer caución económica.
En todos los casos, cuando sea suficiente que el imputado preste juramento de someterse al procedimiento, se podrá decretar la caución juratoria, antes que cualquiera de las demás medidas. Las medidas que se dicten como alternativas o sustitutivas a la prisión preventiva, podrán mantenerse hasta la finalización del proceso.
También fue agregada la modificación que en cualquier etapa del proceso se podrá peticionar el cambio de calificación del hecho punible, sin interrumpir el proceso penal.