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En mesa de trabajo analizan estudio y actualización del anteproyecto de la Ley de Drogas

La Comisión de Prevención, lucha contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, presidida por el senador Sergio Rojas, con la participación de su colega legislador Rubén Velázquez, vicepresidente, llevó a cabo la apertura de la mesa de trabajo para el estudio del anteproyecto de modificación de la Ley 1340/88 y sus modificatorias (Ley de Drogas). 

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El senador Sergio Rojas (centro), presidiendo la reunión.

Participaron, además, directores de la Comisión y representantes de las diferentes instituciones como el Ministerio Público, la Defensoría Pública, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA), la Secretaria Nacional Antidrogas (SENAD), el Mecanismo contra la Tortura y Organizaciones Civiles.

ANTECEDENTES

La Ley 1.340 “Que modifica, adiciona y actualiza la Ley N° 357/72,"Que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines y establece medidas de prevención y recuperación de farmacodependientes", fue sancionada y promulgada en el año 1988, es decir, hace más de 35 años y durante la vigencia de la anterior Constitución del año 1967.

Evidentemente, este cuerpo normativo ha quedado desfasado en muchos aspectos, por lo que ha sido objeto de modificaciones en reiteradas ocasiones por diferentes leyes que se citan a continuación: Ley Nº 108/1.991; Nº 68/1.992; Nº 171/1993; Nº 396/1.994, Nº 1.881/2.002; Nº 5434/2015 y la Nº 6902/2022.

Así también es importante recordar otras leyes que fueron aprobadas con posterioridad a la 1340/88, que de alguna manera afectan a la redacción original de la norma en cuestión, como lo son: Ley Nº 1160/1997 “Código Penal”; Ley Nº 1286/1998 “Código Procesal Penal”; Ley Nº 108/1991 “Que crea la Secretaria Nacional Antidrogas (SENAD)”; Ley 6677/2020 “Del agente especial de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD)”; Ley Nº 5876/2017 “De administración de bienes incautados y comisados”; entre otros.

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Representantes de diversas instituciones, participan de la reunión.

Por otro lado, muchos de los institutos regulados en la ley han quedado en desuso o han sido modificados, como es el caso de la DINAR, institución reemplazada por la actual SENAD; la competencia de los jueces y el Ministerio Público; la administración de los bienes incautados que actualmente queda a cargo de la SENABICO; etc.

Otro punto a tener en cuenta son las sanciones penales establecidas en la ley, estableciendo actualmente un marco penal generalizando para los poseedores, comercializadores y usuarios o adictos a las drogas; cuestión que debe ser tenido en cuenta para no penalizar la conducta del enfermo adicto. 

El tratamiento y disposición final de los precursores químicos y sustancias controladas, es otro punto importante regulado en la norma, que debe ser mirado con mucha atención para adecuar el manejo de estas sustancias a los estándares y recomendaciones internacionales, por, sobre todo, cuidando la salud y el medio ambiente.

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Asistentes a la convocatoria realiza en la sala de sesiones del Senado.

MATERIAS REGULADAS POR LA LEY VIGENTE

La ley vigente es muy amplia y abarca los siguientes temas:

  • El control de las sustancias consideradas drogas peligrosas que se encuentran en la lista de las Naciones Unidas anexadas a la Convención Única Sobre Estupefacientes y al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas.
  • Control y comercialización de estas sustancias
  • Registro para la comercialización
  • La tenencia y el uso medicinal
  • La penalización a los infractores de la ley
  • El tráfico, sin hacer una distinción exacta del tráfico a gran escala y el microtráfico
  • Además abarca otros delitos conexos como el encubrimiento, la complicidad, la asociación criminal, etc.
  • También regula un tema muy importante que es la delación premiada (art. 43) que debe ser revisada para una mejor aplicación
  • Establece las funciones de la SENAD y de los Agentes Especiales
  • Crea un Consejo Nacional de Prevención de la Farmacodependencia y Recuperación del Adicto (en la actualidad este consejo no está funcionando).
  • Asistencia Judicial reciproca con otros Estados, para casos de extradición, expulsión, etc.
  • Establece técnicas especiales de investigación (operaciones encubiertas, entregas vigiladas, etc.) 

Desde la comisión asesora del Senado, consideran que, para trabajar en una modificación y actualización integral, se debe necesariamente abarcar a todas las instituciones involucradas en la ley, con la finalidad de tener la mejor versión para una norma tan importante.

Cabe destacar que los participantes se comprometieron a realizar las propuestas y acercarlas para el martes 30 de abril próximo, donde proseguirá el estudio del anteproyecto de ley Ut supra mencionado.

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