En una sesión extraordinaria celebrada este lunes, la Cámara Alta, bajo la presidencia del senador Basilio Núñez, analizó y aprobó el proyecto de Resolución “Que modifica varios artículos del Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Senadores”, presentado por un grupo de legisladores.
Sesión presidida por el senador Basilio Núñez, titular del Senado.
En uso de la palabra el senador Javier Zacarías Irún, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, solicitó constituirse en comisión lo cual fue aprobado por el Pleno. Durante su intervención, explicó las modificaciones propuestas al Reglamento Interno y mencionó que algunos dictámenes constitucionales fueron solicitados para respaldar los cambios.
“No estamos infringiendo ningún artículo constitucional. El artículo 190 de la Constitución Nacional establece que cada Cámara redactará su propio reglamento de manera interna e independiente; por lo tanto, no existe conflicto con la Constitución”, afirmó el senador Zacarías Irún.
El debate incluyó posturas tanto a favor como en contra de las modificaciones al Reglamento Interno del Senado.
Artículos Modificados del Reglamento Interno
El artículo 1 establece que se modificaron los artículos 6, 11, 36 y 76 del Reglamento Interno, cuyo texto quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 6: La incorporación de los senadores electos y proclamados se llevará a cabo el 30 de junio del año en que se procede a la renovación de la Cámara, y con este acto quedarán separados de la Cámara los senadores salientes. En la misma ocasión se elegirá la Mesa directiva”.
“Artículo 11: La Mesa Directiva del Senado se integrará con un Presidente y dos Vicepresidentes, 1 y 2, elegidos por mayoría absoluta en votación nominal.
Los periodos de duración de mandato serán de dos años para los primeros periodos legislativos y de un año para el último periodo legislativo.
La elección se realizará en sesión preparatoria entre el 1 y 20 de diciembre del año anterior al fenecimiento del período que corresponda y será comunicada a la Cámara de Diputados, al Poder Ejecutivo y a la Corte Suprema de Justicia. En caso de no resultar mayoría absoluta en las votaciones, se votará por los candidatos que hayan obtenido la primera y la segunda mayoría. Si hubiese empate se procederá a la nueva votación, y si el empate se repitiese, decidirá el Presidente.
Imagen de la votación para constituirse en Comisión.
Los Secretarios Parlamentarios serán elegidos en la misma ocasión y por el mismo procedimiento usado por la constitución de la Mesa Directiva, de acuerdo a la Resolución Nº 4 “Por la cual se crean las secretarias parlamentarias y se establecen sus funciones, de fecha 11 de mayo de 1989”, y durarán en sus funciones el mismo periodo que el Presidente y Vicepresidentes”.
“Artículo 36: El Presidente y Vicepresidente, designados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de este Reglamento podrán ser reelectos, sin embargo, podrán ser removidos de sus cargos por decisión de una mayoría de dos tercios, previa presentación de un proyecto de resolución al respecto”.
“Artículo 76: Las Comisiones Permanentes durarán en sus funciones el mismo periodo que la Mesa Directiva. Para sus deliberaciones y resoluciones, el quórum será de la mitad más uno de sus miembros”.
Mientras que, en el artículo 2do se establece que la modificación tendrá vigencia en forma inmediata y regirá en consecuencia desde la fecha de su aprobación.
Finalmente, se aprobó el artículo 3, de forma.
El proyecto de Resolución de las mencionadas modificaciones quedó aprobado, incorporándose oficialmente al Reglamento Interno.
Siendo las 9:39 horas y habiendo concluido el estudio del único punto del orden del día, el senador Basilio Núñez dio por finalizada la sesión extraordinaria.
Vista general de la sala de sesiones del Senado.