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Analizan proyecto de modificación de la Ley de Quiebras

La Comisión de Economía, Cooperativismo, Desarrollo e Integración Económica Latinoamericana, presidida por el senador Carlos Núñez, realizó una mesa de trabajo para analizar los alcances del proyecto de ley que modifica la Ley de Quiebras.

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El senador Carlos Núñez encabezó la reunión de la comisión asesora.

La reforma impulsada por los legisladores se fundamenta en un criterio de fortalecimiento institucional. No busca reemplazar el sistema vigente, sino perfeccionarlo mediante reglas que reduzcan los márgenes de discrecionalidad innecesarios, favorezcan actuaciones jurisdiccionales más uniformes y consoliden la confianza de los operadores de justicia en el procedimiento concursal.

En ese sentido, el presidente de la comisión asesora, senador Carlos Núñez, explicó que la actual Ley de Quiebras está siendo utilizada de manera inadecuada, debido a que los jueces admiten los pedidos de convocatoria de acreedores sin contar previamente con el dictamen de la Sindicatura General de Quiebras. "Con esta modificación se obliga al juez a resolver una vez que el síndico general emita su dictamen", expresó.

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Presidente de la Comisión de Economía, Cooperativismo, Desarrollo e Integración Económica Latinoamericana, senador Carlos Núñez.

Asimismo, el legislador señaló que las modificaciones obligarán al síndico a emitir un dictamen, ya sea favorable o de rechazo, antes de que el juez resuelva la admisión de la convocatoria, evitando así que esta se otorgue de manera automática. "La ley vigente les faculta a los jueces, pero con esta modificación queremos brindar mayor respaldo a las entidades financieras y a las cooperativas de todo el país", afirmó.

MODIFICACIONES A LA NORMATIVA

El proyecto de ley propone modificar el artículo 12, estableciendo que el juzgado deberá dar intervención a la Sindicatura General de Quiebras para que emita un dictamen técnico sobre la situación patrimonial, económica y financiera del solicitante, así como sobre la existencia de los presupuestos legales de insolvencia que justifiquen la apertura del procedimiento.

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Debate entre los invitados especiales.

Otra de las modificaciones planteadas corresponde al artículo 18, referente a la admisión de la convocatoria. En su inciso 7 dispone que la notificación por cédula o de manera personal a los acreedores incluidos en la nómina exigida por el artículo 10, inciso 3), deberá realizarse en un plazo no mayor de veinte días. En caso de incumplimiento, de oficio o a petición de parte, el juez revocará el auto de admisión de la convocatoria y declarará la quiebra.

RESPALDO AL PROYECTO

Por su parte, el síndico general de Quiebras, Felipe Ramón Huerta, manifestó que la institución continúa velando por el cumplimiento de la ley y procurando corregir, dentro de las facultades que otorga la normativa, las desviaciones que puedan presentarse en la utilización del procedimiento de convocatoria de acreedores.

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Invitados especiales.

"No tenemos mayores objeciones al proyecto de modificación. Consideramos acertado cambiar el término 'podrá' por 'deberá'. Además, creemos que la carga de la notificación debe recaer exclusivamente sobre el convocatorio, ya que es el principal interesado en que se admita su convocatoria", indicó.

Igualmente, respaldó la modificación que incorpora la posibilidad de rechazar la convocatoria de acreedores. "Hoy, cuando emitimos un dictamen negativo, nos vemos obligados a llevar a la quiebra a muchos compatriotas, lo cual no siempre es lo adecuado. En muchos casos existe un mal asesoramiento jurídico y las personas desconocen la verdadera situación a la que están siendo conducidas por terceros", puntualizó Felipe Ramón Huerta.

De la mesa de trabajo participaron de manera presencial el senador Carlos Núñez y, por vía telemática, el senador José Ledesma y la senadora Hermelinda Alvarenga.

También asistieron representantes del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), del Banco Nacional de Fomento (BNF), de la Sindicatura General de Quiebras y de diversas cooperativas del país.

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Parte de la reunión de trabajo.