La Comisión de la Familia, Niñez, Adolescencia y Juventud, presidida por la senadora Lizarella Valiente, realizó una mesa de trabajo para analizar el proyecto de Ley que modifica el artículo 100 de la Ley Nº 1680/2001 “Código de la Niñez y la Adolescencia”, relativo a los permisos de viaje de menores al extranjero.

Senadora Lizarella Valiente, presidenta ded la Comisión.
Participaron de la reunión la viceministra de Desarrollo Regional del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA), Dra. Diana Arguello, y el director nacional de Migraciones, Abg. Jorge Kronawetter, además de representantes de la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público y organizaciones civiles.
Al término del encuentro, la senadora Lizarella Valiente valoró la participación de las instituciones presentes y explicó que la normativa en estudio se refiere a los permisos requeridos para que niños, niñas y adolescentes puedan viajar al extranjero, señalando que actualmente la legislación vigente exige la firma de ambos progenitores.

Viceministra de Desarrollo Regional del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA), Dra. Diana Arguello.
En ese sentido, la legisladora indicó que el proyecto plantea una excepción en los casos en que uno de los padres incumpla sus obligaciones de asistencia o se encuentre inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), situación en la cual no sería necesaria su firma para autorizar el viaje.
“Buscamos agilizar estos trámites que muchas veces se vuelven muy tediosos para el progenitor conviviente con el menor”, expresó la senadora.
Asimismo, destacó que la mesa técnica está evaluando los mecanismos necesarios para que las modificaciones propuestas no afecten la seguridad de los menores al momento de salir del país, garantizando en todo momento la protección de su integridad física y emocional.

Director nacional de Migraciones, Abg. Jorge Kronawetter.
Consultada sobre los casos en los que aplicaría esta medida, la senadora ejemplificó las situaciones de padres separados en las que uno de ellos incumple con el pago de la prestación alimentaria. En estos casos, explicó, si el progenitor se encuentra registrado en el REDAM, no se requerirá su autorización.
Finalmente, la presidenta de la Comisión reflexionó sobre el alcance de la patria potestad, señalando que, si bien constituye un derecho de ambos progenitores, también implica responsabilidades fundamentales en el cuidado y protección de los hijos. “Ante ese incumplimiento, ese progenitor pierde ese derecho”, concluyó.

La reunión se realizó en el salón Acosta Ñu del Senado.