El Gobierno paraguayo ha dado un paso importante en el proceso de fortalecimiento del sector de la agricultura familiar con la promulgación de la Ley “De Defensa, Restauración y Promoción de la Agricultura Familiar Campesina”, presentado por la senadora Blanca Ovelar, y los senadores Enrique Bacchetta, Silvio Ovelar, Juan Carlos Galaverna y los entonces senadores Mario Abdo Benítez y Arnoldo Wiens.
Imagen de la sesión ordinaria (foto de archivo)
La Ley Nº 6286 fue promulgada el día 17 de mayo del 2019 por el gobierno nacional, reconoce a las actividades productivas realizadas por la agricultura familiar campesina a los efectos de lograr la recuperación y consolidación de este sector productivo.
De acuerdo a lo establecido en la Ley, es responsabilidad del Estado la reparación, preservación y dinamización de la economía; la protección social y el mejoramiento de la calidad de vida del campesinado y de los pueblos indígenas.
La nueva norma pasa a ver a la agricultura familiar campesina como un actor clave para la preservación de la seguridad y soberanía alimentaria de la población. Por ello, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, será el ente público designado, a través de la creación del Viceministerio de Agricultura Familiar Campesina, quien velará por el cumplimiento de las finalidades previstas en la normativa.
Asimismo, los agricultores familiares y los pueblos indígenas podrán registrarse en forma individual, asociativa y familiar en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF), instrumento técnico y de política pública que identifica y caracteriza a una unidad productiva de la agricultura familiar.
Igualmente, plantea la creación del Consejo Interinstitucional de la Agricultura Familiar Campesina con la finalidad de representar a las organizaciones campesinas e indígenas, asociaciones y cooperativas de este sector, en la toma de decisiones para la definición, implementación y evaluación de las políticas sectoriales en forma centralizada y descentralizada con los gobiernos locales y departamentales.
Finalmente, la Ley 6286 busca contribuir a la práctica y promoción de sistemas de vida y producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de diversificación de la producción y transformación de los sistemas productivos, de modo a hacerlos sustentables y pertinentes, para la eficaz contribución a la economía nacional, preservando los valores culturales, ecosistémicos e históricos de las comunidades rurales.
El Frente Parlamentario contra el Hambre, de la Cámara de Senadores, ha impulsado esta normativa durante 2 años, teniendo en cuenta las necesidades de asistencia técnica y de servicios básicos del sector. "Establecer políticas públicas que reconozcan el papel clave de los agricultores familiares campesinos e indígenas para acabar con el hambre", afirmó la senadora Blanca Ovelar, presidenta del Frente.
Agricultura Familiar en Paraguay
Según el Censo Agropecuario Nacional (CAN) 2008 existen en el Paraguay, aproximadamente 264.000 fincas de Agricultura Familiar, que representan más del 80% del total de explotaciones agropecuarias del país.
Los datos indican que las fincas pertenecientes a los estratos definidos actualmente como Agricultura Familiar generan aportes de importante magnitud en la producción de 11 de los 19 rubros comestibles considerados (58%), destinándolos tanto al consumo interno como a la exportación.
Asimismo, el 89% de las fincas de la Agricultura Familiar participan en la producción pecuaria.