La Cámara de Senadores, que preside el senador Fernando Lugo Méndez, sesionará este jueves 22 de marzo a partir de las 09:00hs., en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados. Para la fecha, el orden del día contempla 10 puntos a ser tratados.
En el capítulo de homenajes de la sesión ordinaria se prevé realizar la entrega de una placa y copia de la Declaración Nº 205 “Por la cual la Honorable Cámara de Senadores reconoce la relevante trayectoria de Don Marcelo Martinessi, por su invalorable aporte a la cultura y al reconocimiento internacional del Paraguay, a través de sus galardonadas obras cinematográficas”.
En el mismo sentido, se realizará la entrega de una placa y copia de la Declaración Nº 206 “Por la cual la Honorable Cámara de Senadores reconoce a Ana Bruny al equipo técnico y artístico de la película 'Las Herederas', por el importante reconocimiento y galardones internacionales recibidos, prestigiando al arte cinematográfico nacional y a la identidad cultural paraguaya”.
Cabe destacar que, su última producción, “Las Herederas”, tuvo un exitoso paso por el Festival Internacional de Cine de Berlín. El largometraje fue uno de los protagonistas del evento al lograr buenas críticas y obtener varios premios.
La película y sus actrices se alzaron con cinco premios en el Festival Internacional, entre ellos dos Osos de Plata. El filme de Martinessi recibió además el premio de la Federación Internacional de la Crítica (Fipresci) para las películas de la sección oficial a competición y un premio de los lectores en la gala de los Teddy.
Orden del día
Como primer punto del orden del día se pondrá a consideración el Proyecto de Ley “De prevención y atención de Personas en Riesgo de Suicidio”, presentado por los Senadores Carlos Filizzola, Sixto Pereira, Fernando Lugo y Esperanza Martínez.
La presente Ley tendrá por objetivo fomentar el auto cuidado de la población y el desarrollo en entorno s saludables como forma de prevención del suicidio, así como actuar en la detección y atención de personas que hayan cometido intento de suicidio o se encuentre en riesgo de cometerlo, a través de una serie de estrategias con el fin de reducir el número de personas afectadas por el comportamiento suicida y proporcionar ayuda en situaciones de crisis.
En cuanto a estrategias propuestas, el documento legislativo se basa en lo siguiente:
a) Promover la salud mental y la prevención de trastornos de la población de manera universal a través del acceso a la atención en salud, la salud mental, la reducción del consumo del alcohol y drogas, la violencia en el ámbito de la familia y escolar a través de la sensibilización de la población
b) Desarrollar acciones y campañas de información para acabar con la estigmatización y discriminación de grupos vulnerables, en especial personas con antecedentes suicidas
e) Elaborar y poner en práctica una estrategia nacional que coordine la acción pública, así como un trabajo interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio
d) Desarrollar servicios asistenciales dirigidos a grupos en situación de vulnerabilidad, personas con antecedentes de intento de suicidio, así como potenciales suicidas, disponiendo de más profesionales en los servicios y garantizando la accesibilidad de la población a los mismos en todo el territorio nacional
e) Capacitar a los recursos humanos del servicio público como personal médico, policías, guardia cárceles, bomberos y docentes para la detección, atención y contención de personas en riesgo o crisis de suicidio
f) Promover la creación de redes de apoyo a nivel de la sociedad civil para la prevención, detección de personas en riesgo y contención
g) Implementar un sistema de registro y generar estudios científicos sobre hechos consumados de suicidio e intentos de suicidio a los efectos de conocer las causas e identificar factores y colectivos de riesgo a los efectos de generar otras estrategias para la prevención y atención del suicidio.
El estudio de los puntos establecido en el orden continua con el Proyecto de Ley “Que modifica el Artículo 59 de la Ley N° 1863/02 ‘Que establece el Estatuto Agrario”, presentado por los Senadores Miguel López Perito y Adolfo Ferreiro.
El mencionado documento legislativo, tiene por objeto dar solución a la problemática subsistente en relación a la situación económica actual de los pequeños productores y por ende dicha circunstancia traslada a las familias campesinas, el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), como ente regulador en materia de reforma agraria, desea proponer nuevamente una alternativa para renovar la situación de varios compatriotas labriegos en referencia a la deuda obligacional que poseen con el ente en materia a valor tierra-inmueble, dicha propuesta es la exoneración del 100% en concepto de interés punitorio del 1%(un porciento) mensual sobre el saldo vencido, conforme lo establece el Art. 53 de la LEY 1.863/02.
El artículo 53 de la mencionada Ley, establece sobre la Mora, Rescisión y Fuerza Mayor lo siguiente: el adjudicatario que incurriese en mora por más de dos anualidades consecutivas abonará un interés punitorio del 1% (un porciento) mensual sobre saldo vencido.
Si incurriese en mora por tres anualidades consecutivas, decaerán todos los plazos pendientes y la adjudicación quedará rescindida de pleno derecho, reintegrándose al patrimonio del Organismo de Aplicación el lote en cuestión, circunstancia que deberá serle notificada por escrito al moroso.
Por otra parte, también se puede mencionar el análisis del Mensaje N° 2.446 de la Cámara de Diputados, de fecha 12 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley “Que regula el Voluntariado”, presentado por varios Diputados Nacionales y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 20 de setiembre de 2017.
La presente normativa tiene por objeto reconocer, definir, regular, fomentar y facilitar la participación ciudadana voluntaria en organizaciones sin fines de lucro, organizaciones privadas sean nacionales, extranjeras o mixtas e instituciones públicas.
Esta Ley busca que la actividad voluntaria:
- Sea una herramienta social de construcción de conciencia ciudadana para el desarrollo nacional.
- Contribuya a formar un capital social para lograr una sociedad efectivamente solidaria, libre y equitativa.
- Sea reconocida y fomentada en la sociedad a través de determinados mecanismos.
El pleno continuará el tratamiento de los temas con el Mensaje N° 2.481 de la Cámara de Diputados, de fecha 12 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley “Que crea la Comisión Nacional de puesta en valor y fomento de los sitios Históricos de la Guerra Guasú o Guerra de la Triple Alianza 1864 - 1870”, presentado por los Diputados Nacionales Pedro Alliana y Ricardo González, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.
El objeto de la presente Ley es la puesta en valor, de las trincheras, fortificaciones, fuertes, ciudades que fueron objetivos militares, iglesias, cuarteles, campos de batalla, embarcaciones, fábricas, cementerios anónimos y todo sitio de interés histórico, potenciando el aspecto histórico, arqueológico y turístico.
La Comisión Nacional funcionará en la sede del Congreso de la Nación durante el lapso de un año, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Los miembros de la Comisión no percibirán remuneración ni dieta del Estado y estará compuesta por 3 (tres) Senadores, 3 (tres) Diputados, 2 (dos) representantes de la Corte Suprema de Justicia, 2g' (dos) representantes del Ministerio de Defensa Nacional, 1 (un) representante del Ministerio de Educación y Ciencias, 1 (un) representante del Ministerio de Obras Públicas y comunicaciones, 1 (un) representante del Comando de las Fuerzas Militares de las F4erzas Armadas de la Nación, 1 (un) representante de la Secretaría del Medio Ambiente, 1 (un) representante de la Secretaría Nacional de Cultura, 1 (un) representante de la Secretaría Nacional de Turismo, 1 (un) representante de la Academia Paraguaya de Historia, 1 (un) representante de la Asociación Cultural "Manuará", 1 (un) representante de la Asociación "Paraguay Eterno", 1 (un) representante de la Dirección General de los Registros Públicos, 1 (un) representante de [la Gobernación del Departamento Presidente Hayes, 1 (un) representante de la Gobernación del Departamento Ñeembucú, 1 (un) representante de la Gobernación del Departamento Central y 1 (un) representante de la Gobernación del Departamento Cordillera.
Durante el transcurso del Ejercicio Fiscal correspondiente, el Congreso Nacional propondrá la creación de un programa presupuestario para implementar la presente Ley.
El orden del día continúa con los siguientes puntos:
- Mensaje N° 702 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio del Interior, de fecha 14 de noviembre de 2017, por el cual remite el Decreto N° 8069“Por el cual se objeta totalmente el Proyecto de Ley N° 5971/2017, “Que modifica los artículos 222, 230, 233, 234 y 323 de la Ley Nº 834/1996 “Que establece el Código Electoral Paraguayo”.
- Mensaje N° 2.483 de la Cámara de Diputados, de fecha 17 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley “Que declara área Silvestre Protegida al Estero Yetyty, que abarca parte de los -Distritos de Choré, General Elizardo Aquino, San Pablo y Villa del Rosario, Departamento San Pedro”, presentado por varios Diputados Nacionales y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.
- Proyecto de Resolución “Que pide informe a la Municipalidad de José Fassardi sobre ejecución presupuestaria de fondos de FONACIDE, Royalties, Municipio de Menores Recursos, Juegos de Azar y Recursos Genuinos”, presentado por los Senadores Hugo Richer, Esperanza Martínez, Carlos Filizzola y Sixto Pereira.
- Proyecto de Ley “Que aumenta Pensión Graciable a la señora Ursulina Arias”, presentado por el Senador Julio César Franco.
- Proyecto de Ley “Que concede Pensión Graciable a la señora Amada Adolfina Silva Paniagua”, presentado por el entonces Senador Enrique González Quintana.
- Proyecto de Ley “Que concede Pensión Graciable al señor Aquilino Olmedo Cabrera”, presentado por el Senador Fernando Lugo.
Modificación del artículo 57 “Código de Organización Judicial”
Entre los puntos que toman mayor relevancia se puede mencionar el Mensaje N° 2.534 de la Cámara de Diputados, de fecha 6 de diciembre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley “Que modifica el artículo 57 y amplía disposiciones de la Ley Nº 879/81 “Código de Organización Judicial”, presentado por los Diputados Nacionales Eber Ovelar Benítez y Bernardo Villalba Cardozo y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 22 de noviembre de 2017.
El mencionado proyecto cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y tiene por objeto elevar la categoría de los seis juzgados de Justicia Letrada, a Primera Instancia. Los mismos se sumarían a los 20 juzgados civiles y comerciales existentes en la capital, pero con el nombre de Juzgados de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral.
Cabe mencionar que, actualmente los juzgados de Justicia Letrada son competentes para conocer y decidir en todos aquellos litigios cuyo valor oscila entre 100 y 300 jornales mínimos. En este proyecto, el valor del litigio aumenta hasta 600 jornales mínimos. También tendrán competencias en otros asuntos civiles y comerciales.
Es importante señalar, que el mencionado Documento legislativo también resalta que si el demandado reconviniere por una cuantía superior al límite indicado, el juez de Paz deberá inhibirse de oficio y remitir los autos al juez competente.
Por último, será analizado por el pleno el Mensaje Nº 663 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 25 de setiembre de 2017, por el cual remite la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que agotan la Capa de Ozono”, adoptada en la ciudad de Kigali, República de Ruanda, el 15 de octubre de 2016.