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Proponen prorrogar la reducción del aporte patronal al IPS por todo el 2022

Los senadores Fernando Silva Facetti y Patrick Kemper presentaron a la Comisión Permanente, el proyecto de Ley a través del cual plantean la prórroga de la reducción del aporte patronal al IPS por todo el 2022 (Ley de Régimen transitorio de aporte al IPS), con el objetivo de seguir apoyando a los sectores gastronómicos, de eventos, turismo, entretenimiento y hotelería, que siguen afectados por la pandemia.

proyecto SF Kemper

Acápite de la propuesta legislativa.

En la exposición de motivos, el documento señala que, el proyecto busca prorrogar los efectos de la Ley 6706/2021 “Que establece un régimen transitorio de aportación al Instituto de Previsión Social (IPS), dirigida a empresas dedicadas a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos, en todo el territorio de la República, a consecuencia de la declaración del estado de emergencia sanitaria, establecida por la Ley N° 6524/2020 a causa del COVID-19 o coronavirus”.

Que, teniendo en cuenta que, en el año 2020, en el que vislumbraba inicialmente un crecimiento económico, se confirmó la pandemia a causa del COVID-19 que terminó de hacer tambalear o quebrar económica y socialmente a empresas y personas de todo el mundo; además, considerando que las PYMES y los trabajadores independientes paraguayos, sobre todo de los sectores mencionados, se han puesto en campaña para, desde el primer día, encontrar todo tipo de soluciones que permitan sostener a empresas y empleos formales de los mismos.

Que, luego de varios meses de trabajo y de varias mesas instaladas público - privadas para lograr los objetivos propuestos por los sectores afectados, se consigue en fecha 18 de enero de 2021 la promulgación de la Ley 6706/2021 conocida como “de Régimen Transitorio de Aporte al IPS”. Posterior a la Reglamentación de la Ley por parte del IPS, el producto se pone al alcance de las

empresas efectivamente desde el mes de abril 2021 y con un tope de inscripciones a junio 2021 y con vigencia hasta diciembre de 2021, según el Artículo 4 de dicha Ley.

“Podemos decir a estas alturas que este esfuerzo resultó ser, como estaba previsto, un gran apoyo social y económico a las empresas formales beneficiadas para seguir sosteniendo la formalidad ante el aporte que realizan estos sectores al IPS en virtud de los empleados que representan”, señala el texto que justifica la normativa propuesta.

Agregan los legisladores que, consideran fundamental mantener dicha ley durante todo el 2022, más aun teniendo en cuenta que la pandemia no ha terminado, e inclusive se encuentra en estudio el proyecto que amplía la ley de emergencia a causa del COVID 19 en todo el territorio de nuestro país que ya cuenta con media sanción por parte de nuestra honorable cámara.

“Podemos decir que dicho régimen transitorio fue de vital importancia para permitir la sobrevivencia de gran parte del sector privado, ya que forma parte del paquete de ayuda de la reactivación económica que sirve no solo para oxigenar nuevamente a las empresas y sostener puestos laborales, sino también para formalizar empresas ante el IPS a fin de acceder a este producto.  No es menor destacar que esto no es una exoneración de pago de aportes

para la patronal”, indican los senadores.

Junto a Fernando Silva Facetti y Patrick Kemper, también figuran como firmantes de la presente propuesta legislativa, los senadores Arnaldo Franco y Enrique Bacchetta.

ARTICULADO

ARTÍCULO 1- Modifíquese los artículos 2° y 4° de la ley No. 6706/2021 Que establece un régimen transitorio de aportes al Instituto de Previsión Social (IPS), dirigida a empresas dedicadas a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos, en todo el territorio de la república, a consecuencia de la declaración del estado de emergencia sanitaria,

establecida por la Ley N° 6524/2020 a causa del COVID-19 o coronavirus, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo 2º Finalidad. Aportes y prestaciones. A los efectos de apoyar la reactivación económica de los sectores afectados por la presente ley, el sostenimiento del empleo formal y el fomento a la inscripción en el Seguro Social Obligatorio del Instituto de Previsión Social (IPS), dispóngase temporalmente por el periodo de doce meses, desde enero a diciembre del ejercicio 2022, que los aportes de las tasas de cotización sobre la base imponible legal vigente al Instituto de Previsión Social (IPS), serán del 11,5% (once coma cinco por ciento), distribuidos de la siguiente manera: i) aporte obrero el 9% (nueve por ciento) y ii) aporte patronal el 2,5% (dos coma cinco por ciento).

Artículo 4º Restitución. Al finalizar el plazo de los meses prorrogados, los empleadores que hayan accedido al mismo, deberán restituir el monto acumulado resultante de la sumatoria del 14% (catorce por ciento) del aporte patronal no ingresado a la distribución de los recursos del Instituto de Previsión Social (IPS), diferido desde enero del año 2021 a diciembre del año 2022, con un periodo de gracia de seis meses, y se comenzará a pagar a partir del mes de julio del año 2023, conjuntamente con la planilla mensual de la empresa y serán fraccionados en sesenta cuotas mensuales iguales, sin intereses”.

Art. 2. De Forma.

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