La Comisión de Derechos Humanos, que preside el senador Mario Varela, organizó una mesa técnica sobre el Proyecto de Ley “Que regula el proceso de restitución internacional de niños, niñas y adolescentes”, la reunión se realizó en la modalidad presencial y virtual, desde la sala de sesiones de la Conaderna.
La senadora y proyectista Lilian Samaniego.
La senadora y proyectista Lilian Samaniego, agradeció al término de la reunión, la participación a las autoridades y representantes de diferentes instituciones que asistieron para debatir sobre este importante tema.
Comentó que el aporte de cada una de las partes afectadas es muy importante para las modificaciones de este proyecto, a fin de restituir a nivel internacional a los niños.
Por su parte, María Eugenia Giménez, especialista y asesora externa en la propuesta legislativa, mencionó que el Paraguay tiene una condena reciente por la mala aplicación de estos Tratados, y que por primera vez tendrá una Ley de procedimiento sobre este acuerdo internacional.
LEYES RELACIONADAS AL TEMA
Existen dos tratados internacionales ratificados por el Paraguay con relación al tema. Uno de ellos es el Convenio sobre Aspectos Civiles sobre Sustracción Internacional de Menores, suscripto en La Haya, en fecha 25 de octubre de 1980, ratificado por el Paraguay por Ley 983 y luego, se encuentra la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, suscrita en Montevideo el 15 de julio de 1989, ratificada por nuestro país por Ley 928.
Vista general de la mesa técnica.
Al respecto, es importante resaltar que la sustracción internacional de niños/niñas y adolescentes se da cuando un menor es trasladado o retenido ilícitamente en un país donde no es su residencia familiar. Puede darse por parte de uno de los progenitores, quien sin consentimiento del otro progenitor traslada al menor y lo retiene en el extranjero de forma ilegal.
Ante esta situación, el/la progenitor/a puede accionar en contra de la persona que haya llevado al menor sin su consentimiento. Debe interponer la Restitución Internacional del menor ante el Juez de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia de su jurisdicción, este pedido debe realizarlo con un abogado que lo asistirá legalmente en la defensa de su derecho. Asimismo, puede recurrir al Ministerio de la Niñez y Adolescencia, donde también será asistido y orientado.